18/05/2012 - 12:46:33 hs.
La Junta Municipal de Defensa Civil informa sobre las precipitaciones caídas entre el Jueves 17 y la madrugada de hoy Viernes 18 de Mayo en la cuenca alta del Arroyo Azul.
Aunque sigue vigente el alerta del Servicio Meteorológico Nacional, desde las 5 horas de hoy, hasta este mediodía no se han vuelto a registrar precipitaciones en la cuenca alta del Arroyo Azul.
Se realizaron trabajos de apertura del terraplén existente en el sector de las compuertas del parque Municipal, donde se verifica un escurrimiento apropiado.
Se comprueba un efectivo escurrimiento del arroyo en su paso por el Casco Urbano.
Se reitera que se espera una crecida similar a la inundación del 17 de Agosto de 2002, con niveles mas bajos por las obras hidráulicas realizadas. Se solicita a los vecinos afectados en el año 2002, estén informados del avance de la crecida, mediante los partes de prensa Municipal.
Continúan las tareas de medición y control del arroyo por personal Municipal.
Teléfonos de utilidad: Gobierno 423893, Desarrollo Social 439535, Bomberos 433033, Defensa Civil 103.
+ Leer más25/06/2012 - 21:14:02 hs.
El Concejo Deliberante de Azul aprobó por UNANIMIDAD el despacho en conjunto de tres comisiones de prohibir la trata de personas, en cualquiera de sus formas, en el partido de Azul. El miembro informante fue el concejal del Frente para la Victoria, Carlos Bevacqua. El proyecto fue presentado por la Facultad de Derecho y trabajado en forma conjunta con los concejales. La Dra. Laura Giosa, vicedecana de la Facultad de Derecho, estuvo presente en el recinto junto a los alumnos de la Facultad. Además estuvieron acompañados por los militantes del Partido Obrero que colmaron la sala de sesiones del legislativo municipal.
+ Leer más22/11/2013 - 00:18:35 hs.
Ayer, en la Sesión Especial, el Concejo Deliberante de Azul sancionó la RESOLUCIÓN NÚMERO 3.328
VISTO el EXPEDIENTE Nº 11.085/2013 C.D. (Archivo Nº 262/2013)
Y CONSIDERANDO
Que en el día de la fecha este Concejo Deliberante ha sido notificado de la resolución dictada con fecha 21 de noviembre de 2013 por el Sr. Juez Dr. Pablo Gabriel Quaranta titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Azul, mediante la cual se dispuso “Hacer lugar a la medida cautelar de no innovar, que se traduce en la suspensión del procedimiento administrativo seguido al Intendente Municipal del Partido de Azul Dr. José Manuel Inza, mediante la instrumentación del Expediente IM-1965/2013, disponiendo en tal sentido, notificar al Presidente del Honorable Concejo Deliberante, al propio Cuerpo Deliberativo y a la Comisión Investigadora, mediante oficio que se librará por Secretaría, con habilitación de días y horas inhábiles, hasta tanto se evalúe y garantice lo dispuesto en los Considerandos del presente en un todo (art. 163 CPCC por reenvío del art. 77 del CPCA)”.
Que, en primer lugar, el citado expediente administrativo (IM-1965/2013) no se encuentra en tratamiento en el seno de este Concejo Deliberante, ni ha sido motivo de la Sesión Especial convocada para el día de la fecha (ver Resolución Nº 3322/2013 C.D.). A mayor abundamiento, consultados que han sido los Registros de este Concejo Deliberante, se ha confirmado que no existe en tratamiento el Expediente Administrativo con el número consignado.
Que, con plena convicción, este Concejo Deliberante interpreta que el Juez Contencioso Administrativo de Primera Instancia de Azul se ha arrogado competencias que son propias, originarias y exclusivas de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Que ello as así, en función de lo expresamente dispuesto por los artículos 261 (texto según Ley 11.866), 263 bis (texto según Ley 11.024) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58).
Que, en virtud de lo expuesto, no existe la menor duda que la resolución del Juzgado de Primera Instancia de Azul surge palmariamente inconstitucional.
Que, por otra parte, el artículo 196 de la Constitución Provincial confía a la decisión originaria y exclusiva de la Suprema Corte, sólo a aquellos conflictos que se inician a instancia de algunos de los órganos que, en una situación determinada considera avasallada sus atribuciones ante la acción u omisión de otro (SCBA, B-56.666-I, 15/08/1995, in re, “Lopez s/ recurso de amparo – cuestión de competencia art.6 CCA”).
Que claramente este Concejo Deliberante considera que más allá de la inconstitucionalidad de la resolución dictada por el Juez de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de Azul Dr. Pablo Gabriel Quaranta, ha existido una evidente intención del Sr. Intendente Municipal de perturbar el normal desenvolvimiento de este órgano del Estado municipal, lo que de por sí amerita que se formule la denuncia penal correspondiente en los términos y alcances del artículos 241 siguientes y concordantes del Código Penal.
Que, en función de lo anterior, y sin perjuicio de considerar –como ya se ha dicho- incompetente al Sr. Juez Contencioso Administrativo de Azul, de todas formas, con la finalidad de abrir la instancia ante quien corresponde, en el flagrante conflicto de poderes suscitado entre el Departamento Ejecutivo y este Concejo Deliberante, se propicia el dictado de la siguiente Resolución.
Que del fallo dictado por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata con fecha 13 de julio de 2010 en la causa caratulada “DENOT, LILIANA ELSA C/ CONCEJO DELIBERANTE DE CHASCOMUS S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA (EXPTE C-1841-DO1)”, se desprenden las siguientes consideraciones: “a. Adviértase que mal pudo atribuírsele a la pretensión cautelar impetrada por la accionante el carácter de medida anticipada de las reguladas en el art. 23 inc. 1º del C.P.C.A., desde que tal tipología de tutela depende necesariamente de la interposición ulterior de una pretensión principal…”, “…La tutela cautelar reclamada, máxime cuando los efectos que irradian la medida peticionada justamente se direccionan a suspender el iter procedimental cuyo hito conclusivo hubiera sido el dictado del acto del Deliberativo Municipal que -a la postre- podría haber sido impugnado por la accionante en el marco de un conflicto de poderes reglado por el art. 196 de la Constitución Provincial”.
POR ELLO, TRATADO SOBRE TABLAS Y APROBADO POR UNANIMIDAD
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
RESUELVE
PRIMERO.- ENCOMENDAR a la Presidencia del Cuerpo que, en forma inmediata, proceda a impulsar ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, conflicto de poderes en los términos y alcances de los artículos 261 y 263 bis de la LOM, requiriendo que la misma se avoque, también de manera inmediata y perentoria, al tratamiento del mismo, para lo cual se deberá presentar con las formalidades procesales del caso, la totalidad de las piezas originales del Expediente Administrativo 10.982/2013 C.D., peticionando las siguientes medidas:
1) la declaración de incompetencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de Azul,
2) se deje sin efecto la medida cautelar dispuesta mediante la resolución dictada con fecha 21 de noviembre de 2013 por el Sr. Juez Dr. Pablo Gabriel Quaranta, en los autos caratulados “INZA, JOSE MANUEL C( HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE AZUL S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA (EXPTE. Nº 9668/13)”,
3) se resuelva continuar el trámite de las actuaciones 10.982/2013 C.D., según su estado.
SEGUNDO: ENCOMENDAR a la Presidencia del Cuerpo con las formalidades procedimentales de ley, impulsar e incoar todos los recursos y/o acciones que correspondan, tendientes a revocar la resolución dictada por el Juez de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Dr. Pablo Gabriel Quaranta, con fecha 21 de noviembre de 2013, en los autos caratulados “INZA, JOSE MANUEL C( HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE AZUL S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA (EXPTE. Nº 9668/13)”.
TERCERO: ENCOMENDAR a la Presidencia del Cuerpo analice y eventualmente impulse denuncia penal contra el Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza por ante la Unidad Funcional de Instrucción Penal del Departamento Judicial de Azul en turno, por clara perturbación e intromisión del libre funcionamiento de este Cuerpo Deliberativo, en los términos y alcances del artículo 241 siguientes y concordantes del Código Penal.
CUARTO: MANIFESTAR nuestro más absoluto y enérgico rechazo al accionar del Sr. Intendente Municipal, de pretender cercenar y limitar el funcionamiento de este Cuerpo Deliberativo, judicializando cuestiones políticas, claramente “no justiciables”, en un claro intento de sostenerse en su cargo de Intendente Municipal, pese a los graves hechos y omisiones investigados por este Concejo Deliberante, en procedimiento llevado a cabo en total apego a la ley.
QUINTO: REPUDIAR el accionar violento que, con fines de amedrentar y entorpecer el normal funcionamiento de este Cuerpo y demorar el inicio de la Sesión, llevaron adelante en el día de la fecha personas identificadas partidariamente con el Sr. Intendente Municipal, los que causaron daños materiales (como rotura de vidrios y cristales) poniendo en peligro la integridad física de Concejales, personal administrativo del Cuerpo, periodistas debidamente acreditados y público en general que se aprestaba a presenciar la Sesión Especial.
SEXTO: FACULTAR a la Presidencia del Cuerpo contratar, en forma urgente, a los letrados que estime corresponder, con el objeto de asegurar la defensa de los intereses de este Cuerpo Deliberativo ante los fueros que puedan corresponder, facultándose asimismo a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
SÉPTIMO: ENVIAR copias certificadas de la presente Resolución y de la totalidad de las piezas obrantes en el Expediente Administrativo Municipal 10.982/2013 C.D. –con sus respectivos Alcances- al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de realizar el pertinente control económico y administrativo que por ley le corresponde.
OCTAVO: ENVIAR copias certificadas de la presente Resolución y de la totalidad de las piezas obrantes en el Expediente Administrativo Municipal 10.982/2013 C.D. –con sus respectivos Alcances- a la Justicia Penal Ordinaria del Departamento Judicial de Azul, a los efectos de investigar la probable comisión de delitos.-
OCTAVO: COMUNICAR al Departamento Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Azul, en la ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil trece.
21-11-2013-mso-
+ Leer más04/01/2018 - 10:04:50 hs.
Debido a la delicada situación que atraviesan los trabajadores de FANAZUL y que dicha situación genera una gran preocupación en la comunidad de Azul, ya que la perdida de trabajo en caso de efectivizarse repercutiría en forma negativa no solo en las economías familiares de los propios trabajadores que pudieran ser despedidos sino también en la sociedad azuleña toda, ya que se vería afectado el circuito económico. Que a los fines de evitar la situación antes descripta, se hace necesario evaluar diferentes medidas tendientes a evitar la pérdida de las fuentes trabajo. En tal sentido se ha dispuesto oportuno CREAR el Comité Municipal Preventivo de Crisis que tiene por finalidad diseñar estrategias o planes de acción tendientes a mitigar los perjuicios que puedan sufrir integrantes de la sociedad azuleña en circunstancias como las antes mencionadas
Así comienzan los fundamentos del Decreto N°6 firmado por el Intendente y el Secretario de Salud donde se creó el Comité Municipal Preventivo de Crisis.
El Comité estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: Hernán Bertellys. Suplente: Alejandro Vieyra.
Funcionarios del DE: Agustín Carús, Walter Surget, Juan Arruti, Roberto Davila y Carlos peralta.
Concejo Deliberante: Pedro Sottile y Presidentes de Bloque.
Se invita a participar a:
Jefe de FANAZUL
Representantes de los trabajadores de FANAZUL
Representante Gremial de los Trabajadores de FANAZUL
CEDA
Ministerios de Trabajo de Nación y/o Provincia
Anses
Obispado de Azul
Iglesia Evangélica de Azul
Justicia Federal de Azul
Las entidades a participar lo podrán hacer con un representante
+ Leer más11/05/2012 - 01:11:51 hs.
El concejal (MC) Santiago Zaffora estuvo en el programa Rayos X que se emite diariamente por radio Universal (106.1) donde se refirió al acto lanzamiento de La Juan Domingo en los Toldos. Un grupo de 50 militantes de nuestra ciudad que fueron acompañados por el propio Zaffora, José María Rodríguez Silveyra, Miguel Santillan y se sumó la senadora (MC) Mariel Urruti.
Santiago Zaffora definió a La Juan Domingo y dijo “la Juan Domingo es un espacio que pretende evitar la totalización del discurso y generar nuevos espacios de debate y discusión para lo que es el proyecto Nacional, del cual nosotros formamos parte. Siempre con el ánimo de construir y no de herir a nadie. Estoy parado en este lado desde hace tiempo lo que sucede es que no había ninguna organización que nos nucleara, era el Partido Justicialista”.
Acerca de la postura del vicegobernador, Gabriel Mariotto, Zaffora no se guardó nada y expresó “las declaraciones fuera de lugar y que no corresponden a quien ejerce un cargo institucional muy importante como el vicegobernador creo que vienen a generar más problemas que soluciones y no aporta nada, Mariotto irrita y no conduce a nada. Esto ha generado en los distintos estamentos de niveles de decisión más importantes, inclusive a nivel local, de cierta irritación de porque quiere totalizar el discurso de que si sos Peronista sos Kirchnerista. Esas definiciones abstractas y carentes de todo contenido lo que viene a reflejar claramente es que no debatamos. Estás conmigo o no estás conmigo pero hay matices”.
“La actual gestión no ha logrado generar el nuevo modelo que a lo largo de varios años los distintos actores opositores lo señalaban como un grave problema de la comunidad, hay que cambiar la agenda, hay que empezar a hablar de otros temas y hay que generar un nuevo modelo de Gestión municipal. Este nuevo modelo no se esperaba de forma inmediata del Dr. Inza ya que no venía de una militancia, de un conocimiento interno y de una gimnasia política que le iba a permitir conocer los estamentos municipales pero no era tan esperable que la mayoría de los funcionarios adoleciera del mismo problema. Se debió haber conformado otro equipo de gente y necesariamente tener una estrategia y alianza con las entidades u organizaciones de la comunidad. No se puede pensar que desde un espacio cerrado se puede gobernar solo, se subestimó el manejo del municipio. Llevamos cinco meses y llegamos a un punto de inflexión donde es necesario darle una vuelta de tuerca. Lo primero que tenés que pensar es que querés hacer sino vas atrás del pozo. Lo que creemos es que estamos buceando en la búsqueda de que queremos hacer y no es poco el tiempo que ha pasado. No hay un cambio estructural en la Gestión Inza. Es mejor que tengas diez cabezas pensando con ideas y no dos o una o a veces ninguna”.
Santiago Zaffora pasó por Rayos X y no esquivó ningún tema
+ Leer más06/08/2012 - 20:11:02 hs.
 Esta mañana, las oficinas de Control Urbano y los Juzgados de Faltas tuvieron que ser evacuadas por el terrible olor a combustible que habÃa en el lugar. Los operativos realizados en el último fin de semana llenaron los depósitos y las autoridades municipales de la Gestión Inza decidieron utilizar como depósito anexo el pasillo central de las oficinas y con el correr de las horas el olor a combustible comenzó a molestar a los trabajadores. Con la presencia del secretario Adjunto del SOEMPA, Miguel Burgos, los trabajadores abandonaron el lugar de trabajo por unos minutos para que sea ventilado y permitir a los agentes municipales que retomen su tarea diaria
+ Leer más03/01/2011 - 17:04:16 hs.
Días pasados el Diputado Provincial José Luis Comparato (GEN-PS), hizo entrega de subsidios a la Escuela Media Nº 5 (Ex Nacional), al Hogar Sagrado Corazón, a la ESB Nº 15, a la Iglesia Luterana local (Sol y Esperanza), a la Escuela Nº 21, al Club Cemento Armado, al Jardín de Infantes Nº 916 y a la Capilla de la Virgen de la Medalla Milagrosa.
En la oportunidad, la Asociación Cooperadora de la Escuela Media Nº 5 recibió un monto de $ 3.000 para gastos de la entidad. Fue receptora la Sra. Graciela Losardo.
De igual modo, la Unión de Padres de Familia del Colegio Sagrado Corazón percibió una colaboración de $ 2.500. El cheque fue entregado a la Presidente de la Asociación, Sra. María Agolanti acompañada por la Directora del Establecimiento, Sra. Marta Garciarena.
La Sra. DanielaBazzano, de la Asociación Cooperadora de la ESB Nº 15 fue depositaria de una colaboración por $ 2.500 a los fines de adquirir un equipo de computación para la entidad.
La IglesiaLuterana, recibió un monto de $ 2.500 a los fines de ser aplicado a solventar parte de las inversiones que lleva adelante el Jardín “Sol y Esperanza” en la construcción de una cocina. Recibió el aporte el Sr. Oscar Scappini acompañado por la Sr. Ana Glorioso, ambos colaboradores de la entidad.
Además, a la Directora de la Escuela primaria Nº 21, Liliana Codina y a la Sra. Tesorera de la Asociación Cooperadora, Delia Beatriz Giobbi, les fue entregado un cheque por un monto de $ 2.500 con el propósito de solventar gastos para la ejecución del cerco perimetral del predio de la escuela.
También el Club Cemento Armado, representado por la Sra. María García, Secretaria de la Escuela de Fútbol; el Secretario de la Comisión Directiva, Sr. Amado Braccatelli y el Sr. Javier Duhalde, tesorero interino, fue beneficiario de un aporte por $ 2.000 para ser aplicado a los gastos necesarios para trabajos en los baños de la sede del sector de “Fútbol 5”
Por su parte, la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº 916 fue receptora de un aporte por $ 2.500 a los fines de ampliar el depósito de la Institución. Recibieron el aporte la Sra. Karina Vázquez, Presidente de la Asociación y la Sra. Andrea Cantallops, Directora del establecimiento.
La Capillade la Virgen de la Medalla Milagrosa recibió un aporte por $ 2.500 en manos del Padre Martín Bourdette y la Sra. María Zulema Robledo para solventar gastos que demanda la Institución.
+ Leer más17/01/2011 - 21:07:36 hs.
Para el próximos fin de semana, sábado 22 y domingo 23, a las 21.30 hs, en “La Salita” (Espacio Cultural Soles y Fogatas), De Paula 784, el Equipo Delta Trabajo Teatral ha programado la presentación escénica de “Ejercicio para payasos de calle” con el objetivo de ponerle teatro al ciclo “Azul, el Color del Verano”, que organiza la Secretaría de Cultura y Educación y Turismo de Azul. La obra cuenta con la actuación de integrantes del Equipo Delta y alumnos del Taller Teatral Municipal: Elena Pérez, Lucas March, Alicia Alfredo, Marcelo Vissaggio, Alejandra Pérez, Silvana Gussella, Derlis Barreca, Domingo Sarno y Dolores Torrens. El apoyo técnico está a cargo de Daniel Navas, Isabel Trespalacios y María Inés Fernández Calvo. La dirección general corresponde al Prof. Edelmiro Menchaca Bernárdez y la producción y realización general es del Equipo Delta. La puesta es escena es el resultado de un trabajo de búsqueda a partir del clown que ha tomado como excusa las “Historias para ser contadas” de Osvaldo Dragún para realizar un ejercicio de indagación de nuevos códigos expresivos que se alejan del naturalismo convencional. Una troupe de payasos de calle va recorriendo pueblos rescatando las historias de la gente común. Así van recopilando acontecimientos que aunque parezcan insólitos y disparatados son hechos cotidianos. Con su particular lenguaje donde el humor impera irán a la vez poniendo al desnudo los duros mecanismos de una sociedad que niega a muchos la posibilidad del derecho humano a un trabajo digno. Los payasos, de este modo, desde su impune ingenuidad y simpatía, pondrán en evidencia los efectos de la deshumanización y la injusticia. Dado que la capacidad de la sala es limitada, se recomienda solicitar las entradas a los integrantes del elenco o adquirirlas con anticipación previamente a la función.
Prensa: Equipo DELTA
+ Leer más22/04/2011 - 00:03:31 hs.
La Secretaria de Desarrollo Económico informa a los apicultores de Azul que a partir del mes de mayo deberán tramitar la inscripción al Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) en la oficina del Senasa correspondiente a la ubicación de cada colmenar.
Para obtener la credencial del Renspa, el productor deberá presentar: Fotocopia de DNI, de inscripción al CUIT/CUIL, de credencial del Renapa, completar la planilla de declaración jurada con los datos personales, productivos y de ubicación de las colmenas.
Asimismo, los apicultores trashumantes, desde el 1° de junio del corriente, sólo podrán movilizar sus colmenas habiendo gestionado previamente el Documento de Tránsito de Animal (DTA) en las oficinas del Senasa correspondientes al lugar de origen de los colmenares a trasladar.
Para obtener el DTA, deberán solicitar la inspección previa de las colmenas a trasladar, además de declarar el Renspa de origen y el de destino.
Este registro permitirá la creación de una base de datos con la ubicación precisa de los colmenares en Argentina.
De este modo, el Senasa podrá conocer con mayor celeridad aquellos cambios que se produzcan en el estatus sanitario, así como evitar la dispersión de eventuales focos infecciosos o de plagas parasitarias exóticas.
+ Leer más12/05/2011 - 20:03:22 hs.
La Dirección del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N° 2 de Azul, en el marco de las Resolución 5886/03, reitera y realiza nuevo llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición y convocatoria a aspirantes para la cobertura de las cátedras que se mencionan a continuación:
La inscripción se realiza hasta el 24 de mayo (entrega de propuesta y declaración jurada) en la sede del ISFD y T N° 2, calle Colón N° 498 y Av. Mitre de 18 a 21 hs. por consultas comunicarse al teléfono 434143 o al mail:
CARRERA: Profesorado Educación Inicial (Resolución 4154/07)
CURSO: 3° año
Carga Horaria: 2 módulos
Situación de Revista: suplente
Disponibilidad días viernes 16.10 a 18.10 horas
CARRERA: Profesorado de Educación Especial, especialidad Discapacidad Intelectual (Resolución5017/04)
CURSO: 2° año
Arte y Educación
Carga Horaria: 2 módulos + 1 mod TAIN
Situación de Revista: suplente
Disponibilidad días miércoles de 19.10 a 21.10
+ Leer más20/03/2012 - 18:53:59 hs.
Azul fue seleccionada para representar a la provincia de Buenos Aires para participar de la Primera Jornada Nacional de Proyectos sobre Determinantes Ambientales de Salud, impulsada por el Ministerio de Salud de la Nación; la cual se realizó días pasados en Paraná, Entre Ríos. Durante el encuentro los representantes de las comunas expusieron cómo están desarrollando sus programas de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
En tal sentido Marcela Corluccio, responsable del programa Municipios Saludables, explicó que “en Azul tenemos un proyecto destinado a la separación de residuos que comenzará a ser implementado a partir de la semana que viene con charlas informativas en establecimientos educativos de todo el Distrito”.
Por su parte, Laura Lopardo del área Proyectos Pedagógicos de la Coordinación de Familia, Niñez y Adolescencia informó respecto a la participación de la dependencia en el programa con un proyecto de separación de residuos y reciclado de botellas y tapitas, “la idea es trabajar con los chicos de las distintas casas municipales y del Envión Educativo y que desde las casas los chicos comiencen a trabajar junto con las familias en el proceso de reciclado”.
“El objetivo es que, una vez reciclado el producto, vuelva a la institución o que una parte del dinero de ese comercio de plástico vuelva a las instituciones como elemento educativo como un libro”-agregó.
En el caso de las tapitas, se prevé por un lado el reciclado y venta y por el otro acercarlas al Hospital Garrahan.
Por último, Corluccio anunció que “este proyecto gustó muchísimo y de los 26 municipios fueron seleccionado sólo 3, entre ellos Azul, para una prolongación de este proyecto que se basará en una filmación que probablemente se trasmita en octubre por el canal Encuentro”.
+ Leer más13/08/2013 - 03:50:46 hs.
El Concejo Deliberante de Azul aprobó por mayoría INTERPELAR al intendente José Inza por el pago de sobresueldos a funcionarios del Departamento Ejecutivo y excesivas horas extras a agentes municipales. Así lo decidieron los bloques de la UCR, FAP y Unión – Pro junto a los concejales del Frente para la Victoria a excepción de los concejales Rodolfo Rancez y Diego Colman.
La 9° legislativa transcurría con la normalidad del día después de las PASO hasta que finalizado el Orden del Día, el concejal del FAP José Cordeviola solicitó la palabra y presentó un Proyecto de Decreto sobre tablas. El presidente del cuerpo, Alejandro Lozano, otorgó un cuarto intermedio a los concejales para que puedan estudiar y evaluar el pedido realizado. Transcurrido el plazo, los ediles ocuparon nuevamente sus bancas y fue el propio Cordeviola quien leyó el Proyecto.
Los concejales Juan Sáenz y Agustín Carús, de la UCR y Unión – Pro respectivamente acompañaron el pedido. Luego fue el turno del presidente de la comisión de Interpretación, Carlos Bevacqua, quien hizo un rápido recorrido de los distintos pedidos realizados al Departamento Ejecutivo para que eleve los Decretos firmados por el Intendente y las remuneraciones percibidas por los funcionarios y los agentes municipales para determinar si existían pagos de sobresueldos. Bevacqua sostuvo que “le llamó la atención la forma poco prolija de avanzar con la registración de los Actos Administrativos que justifican ampliar la información y conocer, verdaderamente, los motivos que llevaron a esto”. Por su parte, la concejal Cristina Croharé manifestó que “lo que pretendemos es, siempre, la transparencia de los actos de gobierno y creoq eu este Proyecto va en esa línea”.
Llegó el turno de Luis Conti quien no anduvo con muchas vueltas y dejó en claro varios puntos y adelantó algunas de las consideraciones que el cuerpo le plateará al Intendente municipal. Además, conociendo la postura de algunos de los integrantes del bloque del FpV solicitó “hacer uso del articulo 88 y siguientes del Reglamento Interno que hace referencia a la votación nominal. Si cada uno de nosotros estamos en contra de este Proyecto deberíamos tener la oportunidad de justificar el voto”. Y remarcó que “habiendo tenido que atravesar una INTERPELACIÓN y algunos concejales tuvieron algunos episodios que no benefician al normal desenvolvimiento de una sesión. Sería prudente que se resolviera que el Intendente venga acompañado por sus funcionarios pero evitar una presencia masiva de barras. Tenemos que trabajar con tranquilidad, son más de 40 cuerpos, son más de 8 mil fojas, seguramente hay muchas preguntas, repreguntas y análisis y se deben hacer con la mayor tranquilidad posible”.
El concejal Rodolfo Rancez rechazo el Proyecto de Decreto y una vez más mostró su lealtad al Intendente que lo llevó al legislativo municipal. Sin mucho margen y casi ninguna alternativa, el primer concejal de la lista de Inza encabezó, una vez más, la defensa en el recinto legislativo. Por su parte, el concejal Diego Colman que viene de las filas del sindicalismo, explicó o trató de explicar lo inexplicable para justificar su rechazo al pedido de INTERPELACION omitiendo un pequeño gran detalle y es que un integrante de su sindicato es Funcionario municipal.
El 26 de agosto, el intendente José Inza será INTERPELADO por el Concejo Deliberante. Así lo decidió el cuerpo con los votos positivos de los bloques de la UCR, FAP, Unión – Pro y el Frente para la Victoria, a excepción de los concejales Rodolfo Rancez y Diego Colman que rechazaron el pedido. El concejal Martín Laborda estuvo ausente en la sesión.
Proyecto de Decreto:
Azul, 12 de agosto de 2013
Señor Presidente
del Concejo Deliberante del Partido de Azul
Dr. Alejandro Raúl LOZANO
S/D.-
De nuestra consideración:
Los concejales del Partido de Azul abajo firmantes nos dirigimos a Ud. a efectos de elevar para consideración por parte del Cuerpo que preside el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO:
VISTO la cuestión administrativa planteada con relación a la percepción de módulos adicionales a los correspondientes y autorizados oportunamente por este Concejo Deliberante a funcionarios políticos del Departamento Ejecutivo.
Y CONSIDERANDO
Que con motivo de la cuestión descripta en el Visto y la falta de respuesta y/o contestación por parte del Departamento Ejecutivo a distintos pedidos de informes oportunamente formulados tanto por expedientes iniciados por distintos bloques (entre los que se destacan el Expediente C-347/13 del 25/02/2013, el Expediente B-163/13 del 10/04/2013 y el Expediente B-229/13 del 20/05/2013 del bloque del Frente Amplio Progresista y el Expediente B-214/13 del 10/05/2013 del bloque del Frente para la Victoria) como de manera unánime por el pleno del Concejo (Resolución N° 3284 sancionada el 08/07/2013 y la Resolución N° 3288 sancionada el 22/07/2013); los concejales integrantes de la Comisión de Interpretación, Legislación y Seguridad Pública, mediante nota de fecha 2 de agosto del corriente año (Expediente C.D.-1372/2013), solicitaron al Sr. Intendente Municipal -insistiendo las solicitudes realizadas con anterioridad- la remisión a este Concejo Deliberante de la siguiente documentación: a) copia de la totalidad de los actos administrativos dictados por el Departamento Ejecutivo a su cargo, a partir del 11 de diciembre de 2011 y, en especial, de los Decretos N° 2408, 2409, 2410, 2411 dictados con fecha 19 de septiembre de 2012 y de los demás en los que se haya dispuesto y/o determinado las remuneraciones mensuales de los funcionarios integrantes de la planta política; b) la información requerida –aún no contestada- mediante la Resolución N° 3284/2013; y c) la información requerida –aún no contestada- mediante la Resolución N° 3288/2013.
Que el Departamento Ejecutivo, en respuesta a tales pedidos, elevó a este Cuerpo las siguientes actuaciones: a) con fecha 26 de julio de 2013, el Expediente S-2224/2013 (3 cuerpos conteniendo Decretos), b) con fecha 31 de julio de 2013, el Expediente S-2242/2013 (2 cuerpos conteniendo Decretos), y c) con fecha 6 de agosto de 2013, el Expediente S-1273/2013 (8 cuerpos conteniendo Planillas de Haberes) y el Expediente C.D.-1372/2013 (27 cuerpos conteniendo Decretos), es decir, un total de 40 cuerpos y aproximadamente 8.000 fojas de documentación.
Que en los referidos Expedientes obran: a) Decretos dictados por el Departamento Ejecutivo durante los años 2012 y 2013, y b) Planillas de Haberes sólo del año 2013.
Que luego de un exhaustivo estudio de dicha documentación, prima facie, se han advertido las siguientes irregularidades.
I. Renuencia y demora del Departamento Ejecutivo en el envío de documentación requerida por el Concejo Deliberante.
Que, en primer lugar, cabe puntualizar que la mencionada documentación, que ha sido remitida a este Cuerpo de forma incompleta y con llamativas irregularidades en cuanto al modo de registrar los actos administrativos –aspecto sobre el que más adelante nos referiremos en particular-, se ha obtenido tardíamente luego de reiterados e insistentes pedidos de este Concejo.
Que la conducta renuente del Departamento Ejecutivo en el envío de específica documentación previamente requerida, además de imposibilitar a este Departamento Deliberativo ejercer su función de contralor; la falta de cumplimiento de tal obligación en legal tiempo y forma, configuraría una transgresión a la normativa contenida en los arts. 33 de la Constitución Nacional, 12 inciso 4° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 112 y 125 de la Ordenanza General de Procedimiento Administrativo Municipal 267/80, 108 inciso 18 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de la Municipalidades (incorporado por la Ley 14.491).
Que la última disposición legal clara y textualmente establece: “Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo…Confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal. El Boletín Oficial Municipal se confeccionará como mínimo una vez por mes, y se pondrá en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en los lugares de acceso público, que al efecto se determine; también deberá incorporarse en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones”.
II. Del modo de registrar los actos administrativos.
Que, de acuerdo a lo anticipado, en lo que respecta al modo en que ha sido practicada la tarea de registración de los actos administrativos, se ha advertido un sinnúmero de irregularidades, entre las que se destacan: a) anulación de folios del Registro de Decretos con la simple leyenda “folio anulado” estampada de puño y letra por autor desconocido, b) anulación de Decretos sin numerar que, del mismo tenor y contenido, luego aparecen correctamente dictados en folios subsiguientes, c) inexistencia de Decretos por anulación en la forma descripta en los puntos anteriores, d) falta de correlatividad, e) falta de motivación, y f) falta de referencia a las circunstancias fácticas y a los fundamentos de derecho.
Que las referidas irregularidades configurarían una transgresión a la normativa contenida en los arts. 113 de la Ley 7647/70 “Normas de Procedimiento Administrativo” y sus modificatorias y 108 y 113 de la Ordenanza General de Procedimiento Administrativo Municipal 267/80.
Que esta última norma dispone que “La autoridad administrativa podrá anular, revocar, modificar o sustituir de oficio sus propias resoluciones, antes de su notificación a los interesados, la anulación estará fundada en razones de legalidad, por vicios que afectan el acto administrativo y la revocación en circunstancias de oportunidad basadas en el interés público”.
Que se ha constatado la existencia de una importante cantidad de Decretos anulados o sustituidos que carecen del debido acto administrativo de anulación o sustitución.
III. Del pago de horas extras a agentes municipales.
Que de la compulsa de la incompleta documentación remitida por el Departamento Ejecutivo también se ha verificado una significativa cantidad de irregularidades relacionadas con las horas extras liquidadas y abonadas a agentes municipales.
Que, en tal sentido, y tal como se encuentra descripta la cuestión en la denuncia penal radicada en la justicia con fecha 29 de julio de 2013 por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales del Partido de Azul –SOEMPA (ver punto 1 del Anexo al Orden del Día de la novena Sesión Ordinaria 2013), habría un excesivo pago de horas extras como así también de tareas extra laborales según Art. 12 inc. c de la Ley 11.757.
Que como consecuencia directa de lo anterior, el rubro “horas extras” indebidamente percibido por agentes municipales, habría implicado un incorrecto, indebido e ilegal detraimiento de fondos públicos municipales.
IV. De la nulidad de Decretos dictados por el Departamento Ejecutivo.
Que, posteriormente, se analizaron los Decretos Nros. 893 y 894, dictados con fecha 22 de mayo de 2012 y los Decretos Nros. 2408, 2409, 2410 y 2411, dictados con fecha 19 de septiembre de 2012 por el Sr. Intendente Municipal y por los entonces Secretarios Dr. Héctor Ricardo Bolpe y Lic. en Economía Néstor Requelme, de Gobierno y de Economía y Finanzas, respectivamente, mediante los cuales se determinaron las remuneraciones mensuales que percibirían, a partir del 1° de mayo de 2012 (los dos primeros) y a partir del 1° de septiembre de 2012 (los cuatro restantes), algunos funcionarios de la planta política del Departamento Ejecutivo.
Que se ha advertido que dichos actos administrativos –Decretos-, contienen determinaciones de remuneraciones mensuales con equivalencia en módulos que no se condicen con los aprobados por este Concejo Deliberante mediante las Ordenanzas Nros. 3252/2012, 3280/2012 y 3361/2013, oportunamente sancionadas y promulgadas.
Que en virtud de ello, el Sr. Intendente Municipal y los Secretarios firmantes de dichos Decretos, habrían transgredido la normativa contenida en el artículo 31° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en cuanto dispone que no se encuentran autorizados los gastos que se realicen “…sin la previa fijación de los recursos para su financiamiento...”.
Que, además, los referidos Decretos, salvo la escueta referencia a que fueron dictados por “el Intendente Municipal del Partido de Azul en uso de sus atribuciones”, en rigor, carecen de fundamento alguno.
Que en virtud de ello, es decir, por carecer de fundamentos y por haber sido dictados en evidente violación a la normativa a la que debían ajustarse y respetar; los Decretos en cuestión son nulos en los términos y alcances del artículo 240 y concs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que las mencionadas irregulares determinaciones de remuneraciones de funcionarios tuvieron su correlato en los respectivos Recibos de haberes que fueron confeccionados con el siguiente criterio. En el rubro “Básico” se consignaron correctamente la cantidad de módulos correspondientes a los respectivos cargos. En el denominado rubro “Diferencia al básico” se incluyó, incorrecta, indebida e ilegalmente, la diferencia entre la cantidad de módulos correspondientes a los cargos efectivamente desempeñados por los funcionarios y los correspondientes al cargo inmediato superior.
Que como consecuencia directa de lo anterior, las remuneraciones mensuales indebidamente percibidas por los funcionarios, habrían implicado un incorrecto, indebido e ilegal detraimiento de fondos públicos municipales.
Que las manifestaciones públicas realizadas por el Sr. Intendente Municipal, el Sr. Secretario de Gobierno y el Sr. Subsecretario Legal y Técnico por medios locales (radio y televisión), con relación a la cuestión que nos ocupa, lejos de clarificarla han contribuido a confirmar las irregularidades señaladas.
V. Situación de gravedad institucional y necesidad de esclarecimiento.
Que lo expuesto configura una situación de gravedad institucional que amerita aclararse en debida forma, para lo cual entendemos resulta imprescindible contar con la presencia del Sr. Intendente Municipal en este recinto de Sesiones, en el marco de lo dispuesto por el art. 108 inc. 7° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, para que brinde un amplio y pormenorizado informe acerca: a) de los motivos de la excesiva demora para el envío de documentación oportunamente requerida por este Concejo Deliberante; b) del modo en que se ha practicado la tarea de registración de los actos administrativos dictados por el Departamento Ejecutivo durante los años 2012 y 2013; c) de la normativa, modo, criterio, mecanismo de justificación y acreditación y demás pautas tenidas en cuenta para liquidar y abonar el rubro “horas extras” a agentes municipales durante los años 2012 y 2013 y d) de todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del dictado de los Decretos Nros. 893, 894, 2408, 2409, 2410 y 2411 del año 2012.
VI. De los distintos ámbitos de análisis de responsabilidades.
Que, por último, se deberá tener presente que el artículo 241 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece “el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos. Con arreglo al mismo, todo funcionario o empleado que desempeñe mandato conferido políticamente o cumpla funciones administrativas, estará obligado a resarcir a la Comuna o a terceros, los daños y perjuicios emergentes de sus actos personales, pero no contraerá responsabilidad alguna por sus actos de servicio. Considéranse actos de servicio los que el funcionario o empleado deba ejecutar en obediencia a las leyes, ordenanzas, reglamentos y estatutos del régimen municipal, y actos personales los que realice en infracción a las disposiciones de esos instrumentos administrativos”.
Que con relación a las autoridades u organismos que poseen competencia para determinar la responsabilidad de los funcionarios municipales, se deberá estar a lo normado por el artículo 242 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que expresamente dispone: “El antedicho principio de responsabilidad, asume las formas: política, civil, penal y administrativa, de conformidad con los preceptos de la Constitución, códigos y leyes aplicables en cada caso. La responsabilidad política se deslindará de acuerdo con la Constitución Provincial y esta Ley Orgánica y las responsabilidades civiles y penales serán ventiladas ante los jueces ordinarios. La responsabilidad administrativa de los funcionarios será determinada y graduada en su alcance por los órganos creados con tal finalidad y por el Tribunal de Cuentas, este último en todo lo concerniente a la actividad económico-financiera de los municipios y a la preservación de sus patrimonios”.
Que la normativa precedentemente transcripta resulta aplicable a aquellos casos –como los que nos ocupan- en los cuales un mismo comportamiento puede resultar objeto de investigación e imputación en diversos ámbitos, en atención a la propia naturaleza de los distintos bienes jurídicos tutelados en orden a la responsabilidad de los funcionarios públicos.
Que, como es de público conocimiento, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en función de las facultades y atribuciones previstas en los arts. 165 incisos 1° y 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 14 de la Ley Nº 10.869 que confiere al citado órgano de control examinar los Libros de Contabilidad existentes en las dependencias comunales, se encuentra también abocado a analizar la cuestión planteada en torno a los denominados sobresueldos.
Que la misma eventual transgresión sumada a la posible irregularidad e ilicitud relativa al pago de horas extras a agentes municipales también está siendo motivo de investigación en sede judicial.
Que, como se dijo, ello no es sólo posible sino correcto que así suceda, pues la identidad de los hechos que pudieran resultar objeto de investigación en sede penal, por ante el Tribunal de Cuentas y el Concejo Deliberante Municipal, no importa el avasallamiento del principio ne bis in ídem.
Que es posible y lícito de que se articulen procesos distintos respecto de ámbitos de desarrollo paralelo de la actuación del funcionario público. Su propia inserción institucional coloca, en el caso al Sr. Intendente Municipal, ante la necesidad de superar distintos tipos de controles nacidos al amparo de la jerarquía de la función que ostenta. Los mismos pueden desembocar en responsabilidades de distinto orden.
Por todo ello el Concejo Deliberante del Partido de Azul en uso de las facultades y atribuciones propias propone la aprobación del siguiente proyecto de
DECRETO
ARTICULO 1°: CITAR al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza al recinto de este Concejo Deliberante para el día martes 26 de agosto de 2013 a las 20 horas, en el marco de lo establecido por el artículo 108 inciso 7° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a los efectos de brindar un amplio y pormenorizado informe acerca: a) de los motivos de la excesiva demora para el envío de documentación oportunamente requerida por este Concejo Deliberante; b) del modo en que se ha practicado la tarea de registración de los actos administrativos dictados por el Departamento Ejecutivo durante los años 2012 y 2013; c) de la normativa, modo, criterio, mecanismo de justificación y acreditación y demás pautas tenidas en cuenta para liquidar y abonar el rubro “horas extras” a agentes municipales durante los años 2012 y 2013; y d) de todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del dictado de los Decretos Nros. 893, 894, 2408, 2409, 2410 y 2411 del año 2012.
ARTICULO 2°: DE FORMA.-
+ Leer más23/04/2011 - 00:45:10 hs.
El Club Velocidad y Resistencia ha dispuesto una medida que seguramente será muy bien recibida por los distintos sectores allegados a la institución: el domingo 8 de Mayo se concretará en sus instalaciones de Mitre y Maipú, el gran almuerzo del REENCUENTRO de la familia.-
Para la ocasión, están invitados todos los ex – dirigentes y jugadores de las distintas épocas gloriosas que tuvo la entidad de la “flechita”, junto a los padres e hijos de la Escuela Deportiva.-
La reunión será totalmente gratuita: cada familia llevará lo que desea comer y beber –lo que ha dado en llamarse “a la canasta”- además de su propia vajilla. En el club encontrarán sillas y largos tablones que se utilizarán como mesas.-
Con posterioridad al almuerzo, cuya iniciación está prevista para las 12,30 hs., el cuerpo de profesores que encabeza el coordinador Gervasio Romeo hará juegos tanto para los chicos como para los adultos.-
También habrá sorteos gratuitos para todos los chicos presentes.-
Seguramente los flamantes directivos de Velocidad y Resistencia se sentirán muy felices si ese día se reencuentran las distintas generaciones en el gimnasio, compartiendo una verdadera fiesta de alegría y color.-
+ Leer más09/07/2011 - 01:00:42 hs.
La Junta Electoral de Unión para el Desarrollo Social Resolvió hacer lugar parcialmente al recurso planteado y tener por OFICIALIZADA la lista Verde en el Distrito de Azul que postula como precandidato al señor Leandro Prat y postula precandidatos a Concejales Titulares y Suplentes y Consejeros Escolares Titulares y Suplentes. La lista Verde va en la misma condición que la lista Blanca, con Boleta Corta.
La Resolución está firmada por Guillermo Galli y Fernando Rosas de la Junta Electoral de Unión para el Desarrollo Social.
+ Leer más03/11/2011 - 17:19:56 hs.
Junto a otras autoridades del partido de Azul, Fundación CEDA será recibida por miembros de la Comisión de Presupuesto de Diputados de la Nación, hoy, jueves, a las 18 horas, gestión realizada por el diputado nacional azuleño, Adrián Pérez.
En la oportunidad, la comitiva presentará el pedido de urgente construcción de una autovía en la ruta nacional Nº3, que disminuya la cantidad de accidentes fatales y que ordene la transitabilidad por la misma, desde Monte hasta Azul.
Por su parte, Fundación CEDA hará entrega a la Comisión de Diputados, de una nota donde se solicita la incorporación de la autovía en el tramo mencionado, dando cuenta que el pedido es avalado por más de 30.000 personas de las ciudades de Azul, Las Flores, Olavarría y Benito Juárez que se siguen sumando a través de sus firmas.
Fundación CEDA continuará realizando todas las gestiones posibles, ante los representantes legislativos y del ejecutivo para que se incorpore al presupuesto de este año, la obra en un porcentaje superior a lo previsto por el gobierno nacional y que incluya el tramo Las Flores – Azul.
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