08/04/2011 - 20:59:02 hs.
La Sociedad Rural de Azul invita a los socios y productores a participar de la reunión organizada por la Fundación Ceda el dia 15/04 a las 19:30 hs. En la sede de España 620
Contara con la presencia del diputado Cristián Gribaudo, presidente de la comisión de obras públicas de la Cámara de Diputados de la Nación
Esta iniciativa se concreta en el marco del proyecto de la entidad “rutas seguras y confiables: una autopista para la ruta 3”.
+ Leer más17/07/2011 - 00:39:36 hs.
Agua y Aceite realizó un recorrido fotográfico por la Peña Lanzamiento organizada por el Frente Amplio Progresista que lleva como primer candidato al Dr. Carlos Vignau. El acto se realizó en el gimnasio del club chacharita y un muy buen marco de público apoyo a Vignau, el candidato que viene del Socialismo, milita en el Gen y representa a un Frente.
El acto contó con la presencia de Margarita Stolbizer, candidata a gobernadora de la Pcia de Bs As. Además estuvo presente en el acto la candidata a diputada en tercer término, Victoria Donda y la lista completa de Concejales y consejeros Escolares que acompañaran a Vignau.
En el margen derecho figura el icono Galería de Fotos en el portal www.aguayaceite.com.ar y dentro se podrán encontrar con un recorrido de lo que fue al Peña Lanzamiento de la candidatura a Intendente de Carlos Vignau 21011.
+ Leer más08/10/2012 - 20:55:48 hs.
Ante las reiteradas alusiones, cargadas de falacias y mentiras, manifestadas sistemáticamente por parte del Intendente Municipal y su Secretario de Economía y Finanzas durante estos 10 meses de Gestión (con publicidad pagada por todos los azuleños, incluida) en relación al estado de situación económica y financiera con que supuestamente encontraron al Municipio al asumir sus funciones, utilizando frases efectistas y desafortunadas como por ejemplo; “recibimos un municipio casi quebrado”, como ex Secretario de Economía y desde el Frente Amplio Progresista (FAP) nos vemos en la obligación, nuevamente, de expresar nuestro más enérgico rechazo y reiterar algunas consideraciones tendientes a llevar este tema al plano de la realidad y la verdad, y sacarlo del “relato local” que se intenta instalar en la comunidad. Sistemáticamente insisten en la mentira de la sobredimensión de la Deuda Municipal, y peor aún, la utilizan como pretexto para justificar la inacción y la inoperancia demostrada por la actual administración municipal a casi un año de su inicio.
LA DEUDA MUNICIPAL NO ES DE AHORA, SE CONSOLIDÓ Y AGRAVÓ A FINES DE LOS AÑOS 90 Y COMENZO A REDUCIRSE A PARTIR DE NUESTRA GESTIÓN
Con asombro hemos escuchado las últimas declaraciones públicas formuladas días pasados por el Intendente Inza y el Secretario Requelme, cuando al hablar sobre el relanzamiento de la Moratoria Impositiva impulsada en el corriente año, (aprobada inmediatamente por el Concejo Deliberante, recordando que durante nuestra Gestión, las mismas demoraban meses en tratarse y aprobarse) al hacer referencia a la Deuda Municipal afirmaron que; “llevará años sanear la estructura económica financiera del municipio”. Peor aún, con absoluto desparpajo y sin sonrojarse, seguidamente se contradijeron al afirmar que en el marco de esa supuesta gravedad económica lograron en solo 10 meses achicar en un 80% la Deuda Flotante (deuda a pagar a corto plazo: proveedores, sueldos, gastos corrientes, etc.). Evidentemente, las mentiras, suelen tener patas cortas.
A modo de información decimos que para afrontar el pago de la Deuda Flotante el municipio posee fondos disponibles en caja y Bancos, fondos provenientes de la coparticipación, fondos provenientes de las distintas Tasas Municipales, entre otros. En el Presupuesto elaborado por esta administración, para el corriente año se prevén $ 176.237.255 en Ingresos Corrientes, representando mensualmente una disponibilidad de $ 14.686.437.
Más allá de la poca experiencia de gestión municipal del Intendente y de saber que su Secretario de Economía proviene del Conurbano Bonaerense, es absolutamente inadmisible desconocer (de hecho lo saben, pero malintencionadamente lo niegan) que la Deuda Municipal no es de ahora sino que se consolidó y agravó a fines de los años 90, y que gracias a un fuerte proceso de desendeudamiento operado durante nuestra gestión fue posible su considerable reducción a partir del manejo austero, serio y racional de los fondos públicos.
En el año 1999 la Deuda Total del Municipio (Flotante - a corto plazo - y Consolidada - a largo plazo -) era de $14.250.000, representaba nada más y nada menos que el 70 % del Presupuesto de ese año, que era de $ 20.200.000. 12 años después, al entregar el municipio, la Deuda era de $ 32.711.000, representando solamente el 18 % del Presupuesto de ese año, que era de $ 169.000.000. Es decir que hubo una importante reducción de 52 puntos porcentuales. Estos datos surgen de los registros contables del municipio, fehacientes y verdaderos, los cuales certifican lo anteriormente afirmado. Estos son los números reales que deben tenerse en cuenta a la hora de efectuar un análisis serio y racional para permitir cuantificar y referenciar con verosimilitud la situación económica y financiera de la Municipalidad.
Un aspecto importantísimo a tener en cuenta y que diferencian a ambas gestiones en sus inicios, es que en el año 1999 debido a ese alto nivel de endeudamiento existente, durante mucho tiempo la Municipalidad de Azul no tuvo capacidad financiera, ni tampoco existía disponibilidad de crédito, para endeudarse a efectos de generar obra pública para el Partido de Azul. Como contrapartida y gracias al proceso de desendeudamiento, la comuna recuperó esa importante herramienta de financiamiento para beneficio de toda la comunidad y por ende de la nueva gestión. En la actualidad el municipio tiene una capacidad financiera para afrontar deuda por una suma mayor a $ 23.000.000 en carácter de amortización, lo que representa poder adquirir préstamos por una suma mayor a $ 60.000.000 a tasas de mercado. Prueba de ello son las operatorias obtenidas por nuestra gestión y dejadas en beneficio del actual gobierno: $ 14.500.000 para pavimentar 102 cuadras ante el BIRF, en trámite; empréstito para pavimentar 51 cuadras con financiamiento provincial, en ejecución; empréstito elevado al Concejo Deliberante por $ 10.000.000 para afrontar la reconstrucción del ex Cine y Teatro “Gral. San Martín” y la posibilidad de adquirir la ex Curtiembre Piazza. También dejamos un ambicioso Plan de Obra de 500 cuadras de Alumbrado Público totalmente financiado con una disponibilidad en caja de más de $ 1.000.000 para dar inicio al mismo.
La Deuda del Estado Municipal es legítima y se generó en el marco de la normativa legal vigente. Los Estados Contables fueron aprobados anualmente por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Así como a la actual gestión, como corresponde, le toca la responsabilidad de afrontar el pasivo dejado por nuestra administración, a nuestro gobierno le tocó pagar la deuda dejada por la Gestión Barberena. Con una gran diferencia, a pesar de que el déficit era notoriamente más importante en aquella oportunidad, en el año 1999 inmediatamente se refinanció y acordó el pago de la deuda con todos los Proveedores Municipales dando previsibilidad económica y financiera a ambas partes. En la actualidad, con una situación mucha más holgada, se sometió al destrato a numerosos proveedores.
Otro dato trascendente e insoslayable de la realidad que condicionó la economía de los argentinos y de los Estados en sus distintos niveles: durante los años 2001 y 2002 al País le tocó afrontar la peor crisis económica de su historia producto de políticas erróneamente aplicadas durante la década del 90. La crisis nos sumergió en una profunda y penosa inestabilidad política, económica e institucional. A la gravedad económica imperante en nuestro municipio en esos años hubo que “sumarle” el resultante de ese verdadero desastre. A pesar de ello, el municipio jamás dejó de cumplir con el pago de los haberes a sus Empleados, con el pago a los Proveedores y con el normal cumplimiento de su estructura de servicios.
LA DEUDA, EL CENTRALISMO DEL MANEJO DE LOS FONDOS COPARTICIPABLES Y LA DISCRIMINACION POLITICA
Jamás negamos la existencia de la Deuda Municipal. Durante la Gestión del Dr. Duclós se denunció el condicionamiento al cual se encuentran sometidos las Provincias y Municipios por el excesivo y anacrónico centralismo del manejo de los recursos a nivel nacional ante la ausencia de un régimen de coparticipación verdaderamente Federal de impuestos. Prueba de ello son los déficits estructurales de la mayoría de las provincias (14 de ellas), y de más del 65 % de los municipios del país. Esto se pone en evidencia a partir de los sucesivos anuncios presidenciales de refinanciación de deudas a las Provincias durante el año 2010 y 2011, respectivamente, y el reciente tibio y tardío despertar de algunos Gobernadores del oficialismo reclamando por mas fondos coparticipables.
Otro factor importante que confluye y agrava la situación económica y financiera de los municipios tiene que ver con el manejo discriminatorio en el otorgamiento de los fondos que hacen, tanto el Gobierno Nacional como el Provincial, de acuerdo al color político de cada Gobernador e Intendente para el financiamiento de proyectos y obras públicas. Lamentablemente los índices de mezquindad y discrecionalidad política son aún muy elevados a la hora de la asignación de recursos. No faltó gestión durante nuestro Gobierno como se aducía desde la oposición, fue precisamente gracias a ella y a un “largo peregrinar” que se obtuvieron distintas iniciativas para la comunidad. Por otra parte, el gran “caballito de batalla”, la tan publicitada “afinidad política del actual Intendente con los niveles superiores del Estado” durante la última campaña electoral, no ha significado aún ningún beneficio importante para el Partido de Azul.
CANTIDAD DE FUNCIONARIOS POLITICOS Y GASTO EN PERSONAL
Hay otro tema en donde también nuestra gestión puede mostrar los importantes esfuerzos realizados, privilegiando los incrementos salariales hacia los sectores, clases y categorías laborales más bajas, donde el haber mínimo creció entre el año 2003 al 2011 en un 633% contra un 320% de aumento para los cargos políticos, habiendo entregado la gestión con 1404 agentes y tan solo 27 funcionarios políticos, representando el Gasto en Personal el 55% de los recursos corrientes. En contraposición a esto, la Gestión Inza ya cuenta con más de 1560 agentes, casi 50 funcionarios políticos y su Gasto en Personal llega al 65% de los recursos corrientes, lo cual es la causa principal que deriva en el no pago a proveedores en tiempo y forma y la inexorable imposibilidad de reducir la deuda existente. Todo ello en abierta contradicción respecto a la supuesta gravedad económica y financiera del municipio.
PARALIZACIÓN DE OBRAS:
Según se puede verificar del Balance al 30-06-2012 el municipio tiene disponibles en caja fondos afectados para afrontar obras públicas por más de $ 6.472.000, suma ésta que excede ampliamente lo necesario para haber podido abonar certificados de obras que no se alcanzaron a finalizar en nuestra administración, como por ejemplo: Parador Boca de la Sierra, Compuertas del Parque Sarmiento, Restauración de la Plaza San Martín, continuación del Plan General de Pavimentación, Alumbrado Público, entre otras. No existen razones lógicas para explicar la inacción municipal en la materia. Recursos hay, y son afectados.
CONSIDERACIONES FINALES
Como se puede apreciar, ha existido y existe una deliberada y manifiesta intención del gobierno del Dr.Inza de victimizarse desde el inicio de su gestión, a partir de la mentira, la descalificación y el agravio hacia nuestra gestión, cuando en realidad, si bien existe una estreches de recursos Municipales, ello no debería ser mella para trabajar con moderada tranquilidad y pensando en ampliar los mismos sobre bases razonables, equitativas y con mucha austeridad. Más aún, con preocupación advertimos que, lejos de continuar transitando el camino de desendeudamiento iniciado por nuestra administración, aparecen indicadores preocupantes (como son el incremento de la Planta de Agentes y Funcionarios Políticos designados) que sin duda alguna agravará la situación económica y financiera actual del municipio.
Por último, y a modo de síntesis decimos que a casi un año de gestión preocupa el alto grado de improvisación y desorganización imperante, la falta de cohesión del “equipo” de gobierno, la falta de liderazgo y conducción del Ejecutivo Municipal, lo que sin dudas creemos ya está transformando a un supuesto Estado “Presente” (según dichos del Dr. José M. Inza) en un incipiente Estado “Ausente” en la prestación de bienes y servicios a la comunidad. Prueba de ello, y a modo de ejemplo se puede citar los distintos conflictos suscitados en el Hospital de Chillar, la falta de insumos en el Hospital de Azul, la falta de apoyo a eventos culturales tradicionales en la ciudad como “Otoño Azul”, tardía reacción ante conflictos suscitados en “La Papelera” y con los Transportistas Escolares, la improvisación con eventos estudiantiles, considerable atrasos en el pago de becas universitarias, reducción de ayudas sociales, eliminación de los micro créditos sociales, reducción y tardía entrega de leña a los barrios, entre otros temas; todo ello claramente contradictorio con los postulados de un “modelo nacional y popular” que el Intendente dice representar.
Otros aspecto que nos preocupa y lo hemos denunciado en reiteradas oportunidades tiene que ver con el estilo intolerante demostrado a lo largo de estos primeros 10 meses de gestión, evidenciado en reiteradas oportunidades a través del maltrato y desconsideración hacia muchos empleados municipales, los incidentes suscitados con la pauta publicitaria de una emisora local y con un periodista de Chillar y la insólita restricción a participar de reuniones institucionales a Consejeros Escolares de la oposición en dos oportunidades. Estas situaciones, por su frecuencia y permanencia representan hechos graves, que no deben pasar inadvertidos, toda vez que lesionan la sana convivencia política que siempre caracterizó a nuestro Distrito desde el advenimiento de la Democracia.
Cr. Omar A. Norte
Ex Secretario de Economía de la Municipalidad de Azul
Frente Amplio Progresista de Azul
+ Leer más03/01/2014 - 20:51:55 hs.
En la última muestra cultural que organizó el Concejo Deliberante de Azul se le agradeció al curador, cuando en realidad se debió decir que por los servicios prestados cobró una importante suma de dinero. Silvio Oliva Drys fue contratado por el ex presidente del legislativo municipal, Alejandro Lozano y llamó la atención la rápida contratación y la velocidad con se armó la muestra.
En la última sesión Ordinaria del Concejo Deliberante se aprobó realizar la muestra por los 30 años de la Democracia. La curaduría quedó a cargo de Silvio Oliva Drys, quien fue rápidamente contratado por las autoridades del legislativo y en un abrir y cerrar de ojos, todo quedó armado.
Silvio Oliva Drys se desempeño como Director del Museo de Arte López claro, en la gestión Duclós, mientras al mismo tiempo se desempeñaba, cargo que ocupa en la actualidad, como Asesor Cultural de la diputada Gloria Bidegain. El vinculo directo que existe en la Diputada y el concejal (MC), Alejandro Lozano, hizo que, sin contemplar otras opciones, se contrataran los servicios del ex Director, curador y actual Asesor de Bidegain.
El Concejo Deliberante de Azul emitió la Solicitud de Gastos N°1-8510 con fecha 6/12/2013 por un importe de $3.800 referido a: Servicios Técnicos y Profesionales en General por el asesoramiento, organización, curaduría y montaje de la muestra de fotoperiodismo, que incluye el diseño e impresión de tarjetas/ catálogos, medallas de reconocimiento a cada artista, marcos y acondicionamiento de marcos, impresión de fotografías 20x30, fletes traslado paneles y vitrinas.
Hoy, por este tipo de contrataciones, un concejal del oficialismo, estaría iniciando una investigación pormenorizada de los gastos realizados en la Gestión Lozano al frente del Concejo Deliberante de Azul durante el período de su mandato 2011 – 2013.
+ Leer más22/12/2010 - 02:28:06 hs.
+ Imágenes en la Galaría de Fotos
Como todos los años, el intendente Omar Duclós, realizó la tradicional cena de Fin de Año con los periodistas locales. En la oportunidad, el Jefe comunal, estuvo acompañado por los Secretarios, Subsecretarios del Gabinete y el Departamento de Comunicación Social. La asistencia fue casi completa y casi todos los medios locales estuvieron representados. El principal dato de la noche fue que el intendente Omar Duclós no anunció que era su última cena de Fin de Año. ¿Habrá un nuevo precandidato en Carrera?
Cerca de las 22, funcionarios y periodistas, se fueron acercando a la parrilla La Cabaña, ubicada en la Ruta 3 Km. 303,5. El Intendente estuvo acompañado por los Secretarios de: Hacienda, Omar Norte; Obras Públicas, Claudio Molina; Gobierno, Nicolás Duba; Desarrollo Económico, Diego Santillán, Cultura – Educación y Turismo, Luis Lafosse y de Relaciones Institucionales, Silvana Arruti. También participaron de la cena los Dres. Loustau y Peiretti.
Luego de la cena y a modo de cierre de la noche, el intendente Duclós hizo uso de la palabra y dijo “propongo levantar la copa para desearles muchas felicidades en esta navidad que se avecina, más allá de la fe de cada uno, más allá del culto de cada uno, creo que todos reconocemos que es una fecha que nos llama a la reflexión y seguramente que todos pensamos en como podemos renovarnos espiritualmente y podemos recuperar energías para asumir nuevos desafíos. Los desafíos en la vida personal, familiar y comunitaria. Quiero agradecerles, por un lado, profundamente el tiempo compartido durante este año. Agradecerles el compromiso de cada uno de Uds. con la información a la comunidad, con abrirnos las puertas permanentemente al municipio. Todos los sentimos orgullosos en Azul de poder mantener esta convivencia, que es desde la diversidad respetándonos la identidad de cada uno. Quiero desearle a cada uno de Uds. en lo personal, en lo familiar y en cada una de las empresas, de los medios donde desarrollan la actividad, lo mejor para el nuevo año. Dios quiera que el nuevo año nos encuentre nuevamente trabajando juntos y que podamos ayudar todos y contribuir para que en Azul podamos vivir mejor”.
luego de las palabras del Intendente muchos grupos se formaron en distintos lugares aprovechando lo espaciosa que es la parrilla. Otros prefirieron optar por el descanso y algunos otros por la diversión.
Omar Duclós nunca dijo en sus palabras que era la última Cena de Fin de Año con los periodistas locales. Todos dicen que se va, los menos dicen que a su casa y otros a un cargo legislativo. Omar Duclós los mira
+ Leer más23/12/2010 - 03:07:32 hs.
Desde el 1 de Octubre de 2010 se encuentra abierta la inscripción para el ciclo lectivo 2011 desde el 1º octubre hasta la primer semana de febrero de cada año. El mismo está destinado a futuros estudiantes que quieran ingresar a las carreras de Abogacía y Tecnicatura en Gestión Jurídica.
La inscripción debe realizarse en el Centro de Informes para Futuros Estudiantes, de 9:00 a 16:00 horas, en calle Bolivar nº 481 de la ciudad de Azul (TE 02281-427277; mailfuturos.estudiantes@der.unicen.edu.ar . Contacto: Srta. Clara Saint Germes.
También es posible concurrir al Campus Universitario de la ciudad de Azul, calle República de Italia n° 780 (7300) Azul. TE / FAX 54 (02281) 425353. Contacto: Sra. Lorena Triviño
Requisitos para la inscripción:
.Completar el formulario de inscripción por el sistema de preinscripción (también puede bajarse desde la página www.der.unicen.edu.ar).
Recuerde que el trámite es personal y debe firmar delante del personal administrativo de la Facultad.
.Fotocopia autenticada del título secundario o certificado de título en trámite.
.Cuatro (4) fotos tipo carnet (colocar el nombre al dorso de cada una).
.Fotocopia de las dos primeras hojas del documento de identidad.
.Un (1) folio transparente.
Curso Introductorio a la Vida Universitaria:
Los ingresantes en la Carrera de Abogacía deberán cursar el Curso de Ingreso, o rendirlo en forma libre.
El Curso de Ingreso se puede hacer en alguna de las siguientes formas:
.Cursándolo en forma presencial: a) a partir de la segunda semana de febrero de cada año, antes del comienzo de clases en las asignaturas; b) a partir de agosto para quiénes ingresen en el segundo semestre, en forma paralela a las clases de las asignaturas.
.Rindiéndolo en forma libre en las fechas previstas en los meses de marzo, julio, agosto y diciembre. Consulte el día y hora del examen.
Importante: consulte con antelación suficiente, porque las fechas de examen o inicio de cursos pueden fijarse en la primer semana del mes indicado.
Ingreso Directo
Los Futuros Estudiantes ingresan en forma directa, en los siguientes casos:
.Tecnicatura en Gestión Jurídica: los ingresantes en la Tecnicatura en Gestión Jurídica, lo hacen en forma directa, sin requerimientos de Curso o examen alguno.
.Abogacía: Los ingresantes en la Carrera de Abogacía, cuando acrediten:
.Mejores promedios
Los estudiantes que acrediten están entre los tres (3) mejores promedios de su Colegio Secundario, público o privado, o que tengan nota promedio general igual o superior a ocho con setenticinco (8,75) puntos, ingresarán en forma directa sin obligación de aprobar el Curso Introductorio a la Vida Univesitaria. Consulte para más detalles.
.Estudios superiores completos
Acrediten estudios terciarios o universitarios completos
.Estudios superiores incompletos
Acrediten estudios universitarios incompletos (3 o más asignaturas aprobadas), o terciarios incompletos (6 o más asignaturas aprobadas)
.Estudios en la UNICEN
Ingresan en forma directa los estudiantes que hayan sido admitidos en una carrera de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, en cualquiera de sus unidades académicas.
Equivalencia de asignaturas
Los estudiantes que soliciten el pase desde la carrera de Abogacía u otra con asignaturas afines, y tengan al menos una asignatura aprobada para pedir equivalencia. El pase puede pedirse en cualquier época del año.
Formularios de Inscripción
Los formularios, reglamentos y demás información, se pueden bajar directamente de ña página de la Facultad: www.der.unicen.edu.ar
Pases de Facultad
Los pases de Facultad y pedidos de equivalencia pueden realizarse en cualquier momento del año
+ Leer más23/01/2011 - 18:35:58 hs.
Los concejales Luis Conti y Carlos Bevacqua visitaron el pasado viernes la ONG Puertas Abiertas de nuestra ciudad.
En la ocasión los ediles hicieron entrega a sus responsables de ayuda económica para afrontar gastos urgentes que tiene la institución para el desarrollo de su colonia de vacaciones estival.
Finalmente los concejales felicitaron a todos los docentes y directivo por la importante contención social que realizan con los niños y adolescentes de distintos barrios de nuestra ciudad.
Prensa: Unión Celeste y Blanco
+ Leer más19/02/2011 - 11:49:05 hs.
El senador por la Séptima Sección Electoral, Juan Carlos Simón (Bolívar), presentó en la Cámara de Senadores Bonaerense un Proyecto de Solicitud de Informes par que a través de los organismos competentes, informen sobre las cuestiones relacionadas con FERROBAIRES, empresa de transporte de pasajeros que pertenece, como organismo autárquico, a la Provincia de Buenos Aires, dentro de la órbita del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos
PROYECTO DE SOLICITUD DE INFORMES
EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SE DIRIGE AL PODER EJECUTIVO para que a través de los organismos competentes, informe sobre las siguientes cuestiones relacionadas con FERROBAIRES, empresa de transporte de pasajeros que pertenece, como organismo autárquico, a la Provincia de Buenos Aires, dentro de la órbita del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
1.- ¿Qué presupuesto tiene asignado para el ejercicio 2011 la empresa Ferrobaires?
2.- Detalle los porcentajes del presupuesto que se encuentran destinados a gastos administrativos (sueldos, etc.), y cuánto para mantenimiento del material rodante.
3.- Informe qué material rodante fue incorporado a la empresa.
4.- De ser positiva la respuesta al punto 3º, detalle las fechas de incorporación de ese material.
5.- ¿Abona el Estado provincial un canon en virtud del contrato de concesión existente con el Estado Nacional? De ser afirmativa la respuesta, detalle la cantidad y periodicidad de pago de ese canon.
6.- ¿El contrato de concesión de la empresa Ferrobaires, con el Estado Nacional, se encuentra sometido al contralor de los órganos de control provinciales?
7.- ¿Que cantidad de empleados, en todas sus áreas, prestan servicios en Ferrobaires?
8.- De acuerdo a las categorías especiales, teniendo en cuenta la actividad ferroviaria, ¿cuántos trabajadores calificados trabajan en la empresa Ferrobaires?
9.- Informe qué tipo de capacitación reciben esos empleados calificados, así como la periodicidad de esa capacitación.
10.- ¿Las locomotoras utilizadas por la empresa Ferrobaires son de propiedad de la misma, o las posee a raíz de alguna de las formas legales de uso, usufructo, préstamo, alquiler, etc.? Detalle el número de locomotoras que posee, así como qué cantidad de esas maquinas locomotoras se encuentran en funcionamiento actualmente.
11.- ¿Qué cantidad de vagones de pasajeros son propiedad de la empresa Ferrobaires o se encuentran en uso bajo alguna de las formas legales de uso, usufructo, préstamo, alquiler, etc.? Detalle cantidad de esos vagones de pasajeros se encuentran en funcionamiento actualmente.
12.- ¿Existe algún órgano o ente provincial destinado a la verificación de la aptitud de tránsito del material rodante (para comprobar que las maquinas y vagones estén aptos para circular por las vías), como así también si las vías, rieles e instalaciones ferroviarias se encuentran aptas para su propósito?
13.- Informe cualquier otro dato de interés relacionado con la temática abordada.
FUNDAMENTOS
LA PLATA, 18 de febrero de 2011.-
HONORABLE SENADO: Mediante el presente proyecto de Solicitud de Informes requerimos al Poder Ejecutivo nos anoticie, a través de quien corresponda, sobre diferentes cuestiones relacionadas con el funcionamiento del servicio público que presta la empresa Ferrobaires, organismo autárquico de la Provincia de Buenos Aires, dentro de la órbita del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Así, solicitamos se nos informe el monto total del presupuesto asignado para el ejercicio 2011 para Ferrobaires y el detalle de los porcentajes del presupuesto que se encuentran destinados a gastos administrativos (sueldos, etc.), y cuánto para mantenimiento del material rodante, así como qué material rodante fue incorporado a la empresa, detallando las fechas de incorporación de ese material.
Por otra parte, pretendemos saber el Estado provincial abona un canon en virtud del contrato de concesión existente con el Estado Nacional, y de ser afirmativa la respuesta, se detalle la cantidad y periodicidad de pago de ese canon.
Además es necesario conocer si el contrato de concesión de la empresa Ferrobaires, con el Estado Nacional, se encuentra sometido al contralor de los órganos de control provinciales.
Pasando al plano de los recursos humanos, requerimos conocer con exactitud la cantidad de empleados que prestan servicios en todas las áreas Ferrobaires, y teniendo en cuenta las categorías especiales de la actividad ferroviaria, cuántos trabajadores calificados trabajan en la empresa y qué tipo de capacitación reciben esos empleados calificados, así como la periodicidad de esa capacitación.
En referencia a los recursos de capital, preguntamos si las locomotoras utilizadas por la empresa Ferrobaires son de propiedad de la misma, o las posee a raíz de alguna de las formas legales de uso, usufructo, préstamo, alquiler, etc., Detallando el número de locomotoras que posee, así como qué cantidad de esas maquinas se encuentran en funcionamiento actualmente. Qué cantidad de vagones de pasajeros son propiedad de la empresa o se encuentran en uso bajo alguna de las formas legales de uso, usufructo, préstamo, alquiler, etc. y su respectivo detalle de cantidad de esos vagones de pasajeros que se encuentran en funcionamiento actualmente.
En el área técnica propiamente dicha, indagamos si existe algún órgano o ente provincial destinado a la verificación de la aptitud de tránsito del material rodante (para comprobar que las maquinas y vagones estén aptos para circular por las vías), como así también si las vías, rieles e instalaciones ferroviarias se encuentran aptas para su propósito.
Es necesario conocer todo lo requerido en el presente, dado los acontecimientos, de público conocimiento, acaecidos días pasados en nuestra provincia, referidos al accidente en San Miguel, del cual resultaron cuatro personas muertos y numerosos heridos. Es de esperar que la Justicia, dentro de su ámbito, logre esclarecer ese hecho, así como atribuir las responsabilidades y sanciones que correspondan a los culpables de tan luctuoso acontecimiento, en el cual, seguramente no ha faltado impericia, negligencia y falta de respuesta de las autoridades competentes en la materia, no sólo del ámbito provincial, sino también del nacional.
Por todo lo expuesto, solicitamos a los señores Senadores voten afirmativamente el presente proyecto.
+ Leer más08/05/2011 - 00:22:12 hs.
Con la dinámica de la nueva – vieja política parece que no se salva ni el jamón del medio. En el peronismo local se abrió una nueva instancia de conflicto y es por donde estaría pasando la negociación en estos días.
Si hacemos un poquito de memoria y nos vamos a un par de semana s y tomamos las declaraciones de Walter Abraca en el Diario El Popular, vemos el nacimiento del conflicto. Por su parte, el concejal Pablo Puppio le contesto a Walter Abarca en el programa Rayos X (106.1 de lunes a viernes de 14 a 16). Abarca manifestó que Azul lo apoya en su pretensión seccional y Puppio lo desmintió públicamente.
Sabida es la estrecha relación entre la Diputada Nacional, Gloria Bidegain y el concejal Alejandro Lozano. La pareja política le habría dado el visto bueno a la candidatura de Walter Abarca en la lista de Diputados bonaerenses y posiblemente la retribución sea la renovación de la banca de Bidegain. Pero estos intereses se contraponen a los que tienen otros compañeros.
Según pudo averiguar Agua y Aceite, un grupo de peronistas integrado por Santiago Zaffora, José Rodriguez Silveyra y Margarita Cardoso avalarían la postulación de un candidato de Isidoro Laso en la instancia seccional. ¿En este espacio se albergará Pablo Puppio? Puppio lo cruzó muy duramente a Abarca y desde entonces no se lo vio más.
Por otro lado, José Eseveri, reclama su propio candidato y para el “Dueño Seccional” el nombre es el Pato López Mancinelli. El Pato es de Saladillo, igual que Abarca, y contaría con el apoyo del principal distrito de la Séptima Sección. En los últimos días se conoció el acuerdo entre José Eseverri y Luis Conti. Conociendo la cercanía de Eseverri con Laura Kolman, ¿Se sumará Laura al espacio de Conti?
En el medio de esta puja política está José Inza, el candidato de todos (por ahora eso no se discute) pero con una gran limitación a la hora de hacer su propio juego político. Inza no podría jugar la instancia seccional desde los discursivo hasta que se defina. Así trascendió y en forma literal, para evitar abrir heridas o iniciar las nuevas. Inza fue convencido y apoyado por la diputada Bidegain y el concejal Lozano pero hasta que no haya una definición seccional no podría decir públicamente que ve con buenos ojos a Walter Abarca. Claro está que no podría ni siquiera hacer mención al Pato López Mancinelli pero tampoco al hombre de Isidoro Laso.
A José Inza lo tiran y estiran los propios actores para poder defender sus espacios. Por un lado están Bidegain y Lozano con Abarca, por otro lado Zaffora, Rodríguez Silveyra y Cardoso con Isidoro Laso y por el otro Eseverri y Conti con el Pato López Mancinelli.
Un amigo de Agua y Aceite cuestionó la postura de Bidegain y Lozano argumentando que en el esquema que plantean, Azul se queda sin cobrar (en términos políticos) y eso no está bien.
Habrá que seguirles los pasos a los actores para ver la definición apasionante de los candidatos a Diputados provinciales por la Séptima Sección Electoral.
+ Leer más26/06/2012 - 00:20:27 hs.
El concejal del Frente para la Victoria, Diego Colman, leyó el comunicado de prensa emitido por la CGT en la Quinta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante de Azul. La lectura se realizó cuando se trataba el 21° punto del Orden del Día y se hacía referencia a un proyecto del bloque de la UCR referido ACOMPAÑAR el reclamo ante el gobierno nacional por una modificación en los topes para el cobro de asignaciones familiares y en el mínimo no imponible para el pago de impuesto a las ganancias para proteger el ingreso y asegurar el cobro de las asignaciones familiares de los trabajadores.
Agua y Aceite transcribe el comunicado leído por el concejal Diego Colman
Comunicado de prensa de la Confederación General del Trabajo
Debido a las deliberadas acusaciones de “golpistas” esgrimidas por funcionarios del gobierno nacional en los últimos días respecto de las acciones gremiales que se han llevado a cabo, como así también a la inmensa cantidad de artículos periodísticos que han sido publicados y que llegan al ridículo de vincular las tensiones que existen en el Movimiento Nacional con el golpe de estado sufrido por el presidente Lugo y el hermano pueblo del Paraguay, la Confederación General del Trabajo se ve en la obligación de responder esas imputaciones que duelen y ofenden a su historia.
Llama la atención que se acuse a esta Central Obrera sobre todo si se tiene en cuenta la historia de los dirigentes que hoy la encabezan. La CGT fue intervenida por todos los gobiernos militares, por muchos de los que se decían democráticos, y quizás haya sido la institución más combatida por la última dictadura cívico-militar. Más del 60 por ciento de los desaparecidos eran trabajadores, muchos de ellos delegados de base, miembros de comisiones internas, e incluso se eliminó al Secretario General del sindicato de Luz y Fuerza, el compañero Oscar Smith. La CGT fue artífice del fin de la dictadura más brutal de nuestra historia. Basta recordar la huelga general del 27 de abril de 1979 y la movilización del 30 de marzo de 1982 en contra de la dictadura, donde la represión costó la vida de un trabajador en Mendoza.
Los argentinos no deben dejarse confundir por las adhesiones mediáticas de quienes jamás se han preocupado por los derechos de los trabajadores. Son reacciones oportunistas y desesperadas de sectores que no son una opción política real en nuestro país. En esto hay que ser categóricos: de ningún modo las intenciones de estos sectores marginales representan el espíritu de la masiva movilización convocada para el próximo miércoles en Plaza de Mayo, ni la agenda, ni los reclamos quela CGT viene planteando desde hace más de un año y que no han obtenido ningún tipo de respuesta.
La fuerza social que se movilizará es obrera y como tal adhiere al proyecto nacional en la medida en que el mismo no se aleje del camino recorrido a partir del 2003. Los trabajadores jamás seremos ariete, ni mascarón de proa, ni fuerza de choque de aquellos a los que poco les importan las negociaciones colectivas, el pleno empleo, los derechos humanos y la distribución justa de la riqueza.
Quienes usufructúan esta división en el seno del Movimiento Nacional son adversarios tanto de la CGT como del Gobierno. Sectores que nada tienen que ver con el Proyecto Nacional y se han opuesto al avance de las mayorías populares en la última década. Avances y conquistas en lo que también la CGT ha sido artífice.
Podemos aceptar que haya sectores que no compartan nuestros reclamos, pero no vamos a permitir que nos llamen desestabilizadores por ejercer un legítimo derecho a reclamar. Este reduccionismo no hace más que negar cualquier diferencia y anular la discusión política, la cual le aporta dinamismo al Movimiento Nacional Más allá del oportunismo de estas mezquinas minorías, los trabajadores llevaremos adelante nuestra movilización, en paz, con un único objetivo: que nuestro legítimo reclamo sea escuchado por la Presidenta de la Nación. La CGT no va a permitir bajo ninguna circunstancia que la protesta social sea criminalizada y que las huelgas sean caratuladas como extorsión a la democracia ni que nuestro accionar se asocie al chantaje. El miércoles los trabajadores organizados una vez más en la histórica plaza levantaremos nuestra voz contra la injusticia.
+ Leer más29/11/2012 - 00:49:50 hs.
Foto: Consejo del Salario reunido
Esta tarde, desde las 14 en el SUM de Niñez y Adolescencia se reunió el Consejo del Salario Municipal en donde las partes, empleador y empleado, se reúnen para acordar o no el incremento salarial para el 2013. La avanzada enviada por el intendente José Inza fue sin mandato y los empleados no pudieron escuchar de parte de los propios funcionarios la propuesta para comenzar el diálogo. “El balance fue muy negativo. Llamó la atención que hayan ido sin ninguna propuesta y que ningún funcionario de la Secretaría de Hacienda se haya hecho presente es alarmante”, expresó Ruben Rodríguez, secretario General del SOEMPA.
Se reunió el consejo del Salario en donde las partes se reunieron apra intentar tener un diálogo. En representación del empleador estuvieron Sergio Spitale, Laura Kolman y Emanuel Barrionuevo y los empleados estuvieron representados por los gremios SOEMPA, STMA y ATE. Ruben Rodríguez y Miguel Burgos por le SOEMPA, Omar Varela por el STMA y Vanina Zurita por ATE. La postura de los gremios fue toda más o menos alineada, todos coincidiendo con la falta de respeto a las instituciones. No quedamos en nada y pasamos a un cuarto intermedio hasta mañana para que nos acerquen alguna propuesta y así liberamos las partes”, manifestó Rodríguez.
“Lo que intentaron fue que los sindicatos hagamos una propuesta para que Inza la evalúe para seguramente contra ofertar algo parecido y nosotros le dijimos que si bien en ninguna reunión se acuerda en primera instancia es muy poco serio. Incluso es más grave que el año anterior porque más allá de no haber estado de acuerdo con Requelme (Néstor), Requelme llevó en 2011 una propuesta que fue la del 12%. Esta nueva conducción del área de Hacienda, a dos días de cerrar el Presupuesto 2013, no llevó ninguna propuesta y es realmente preocupante”, concluyó el Secretario General del SOEMPA.
El Consejo del Salario entró en cuarto intermedio hasta mañana, momento en que se volverán a ver las caras y de donde saldrá una propuesta por parte del empleador. Inza reivindica cualquier muerto, esta vez fue el turno de Néstor Requelme.
+ Leer más24/10/2013 - 13:11:21 hs.
La Comisión Investigadora del Concejo Deliberante de Azul que evaluó la responsabilidad política del intendente José Inza presentó el INFORME PRELIMINAR. El texto consta de 556 páginas de las cuales se desprenden pesados cargos sobre la administración Inza. El Intendente tiene 10 días hábiles para responder el INFORME PRELIMINAR que fue presentado ayer por Mesa de Entradas de la Municipalidad de Azul.
La Comisión Investigadora integrada por Maya Vena (FAP), Carlos Bevacqua y Cristina Croharé (FpV), Andrea Marina (UCR) y Ramiro Ortíz (Unión Pro) tomó 38 declaraciones testimoniales a distintos agentes municipales. A lo largo de las 556 páginas que tiene el informe Carlos Bevacqua participó 579 veces mientras que Maya Vena lo hizo en 574 oportunidad, Andrea Marina lo hizo en 289, Cristina Croharé intervino en 244 y Ramiro Ortiz lo hizo en 101 oportunidades. El INFORME PRELIMINAR tiene 195.014 palabras.
A continuación se puede observar un extracto del INFORME PRELIMINAR realizado por la Comisión Investigadora donde se detallan los CARGOS realizados y las CONCLUSIONES realizadas por la Ci a lo largo de los nueve puntos desarrollados.
B.- Consideraciones preliminares:
1) La Comisión Investigadora desarrolla su tarea en el marco de un “procedimiento público donde se evalúa la responsabilidad política del Sr. Intendente Municipal” (art. 242 del Decreto Ley 6769/58 –Ley Orgánica de las Municipalidades).
2) El desarrollo del mencionado “procedimiento” debe armonizar por un lado la particular naturaleza de procedimiento público y, por el otro, el derecho constitucional de defensa y tutela efectiva de los derechos del funcionario (artículo 18 de la Constitución Nacional y artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).
Cargo n° I:
RENUENCIA Y DEMORA DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EN EL ENVIO DE DOCUMENTACION OPORTUNAMENTE REQUERIDA POR EL CONCEJO DELIBERANTE
I.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación al CARGO I - RENUENCIA Y DEMORA DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EN EL ENVIO DE DOCUMENTACION OPORTUNAMENTE REQUERIDA POR EL CONCEJO DELIBERANTE:
I.5.1. Se habrían cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus funcionarios a cargo de las áreas involucradas.
I.5.2. Muchas de esas irregularidades son imputables directamente al Sr. Intendente Inza quien actuó con pleno conocimiento de dichas irregularidades y de la consecuencia de sus actos. Esto queda demostrado con el hecho de que el entonces Subsecretario Legal y Técnico Dr. Emanuel Barrionuevo advirtió tanto al Sr. Subsecretario de Comunicación y Prensa Daniel Anibal Puga como al Sr. Secretario General Sergio Cedeño y, por lógica consecuencia, al Sr. intendente Inza que se estaba incumpliendo con la normativa vigente (para ello les hizo llegar copia de la Ley 14.491 modificatoria del Dec. Ley 6769/58 –LOM-) y a pesar de las claras advertencias el Sr. Intendente igual soslayó tal expresa indicación y continuó incumpliendo con la obligación legal de dar publicidad a los actos de gobierno.
I.5.3. Como uno de los parámetros a tener en cuenta al momento de atribuir la responsabilidad en forma directa y personal al Sr. Intendente Municipal cabe considerar que la obligación de confeccionar el Boletín Oficial Municipal es una tarea que necesariamente debe realizarse con la participación de las distintas áreas del Departamento Ejecutivo (para la publicación de Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos) e incluso con la coordinación con el Concejo Deliberante (para la publicación de Ordenanzas, Resoluciones y Decretos), aunque vinculados por la finalidad perseguida (la publicidad de los actos de gobierno).
I.5.4. Surge de las declaraciones testimoniales prestadas especialmente por algunos funcionarios del Departamento Ejecutivo desconocimiento de los mismos acerca de la obligatoriedad de dar publicidad a los actos de gobierno así como las funciones de las áreas a su cargo y/o de las cuales dependen.
I.5.5. Siempre con relación a la publicidad de los actos de gobierno, la normativa aplicable a la misma exige que el intendente:
a) Ordene confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal.
b) Ordene confeccionar el Boletín Oficial Municipal, como mínimo, una vez por mes.
c) Ordene que el Boletín Oficial Municipal se ponga en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en los lugares de acceso público, que al efecto se determinen.
d) Ordene que el Boletín Oficial Municipal sea incorporado en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones.
Así se observan cuatro (4) incumplimientos concretos a la normativa vigente imputables al Sr. Intendente Municipal José Manuel Inza quien actuó (y aún actúa) con pleno conocimiento de los mismos y sus consecuencias.
I.5.6. Sin perjuicio de los 4 deberes específicos incumplidos arriba mencionados, como titular del Departamento Ejecutivo al Sr. Intendente Municipal Inza le caben otros dos deberes implícitos en su competencia que son: 1) Control del cumplimiento de la legislación vigente, y 2) Control de la efectiva realización de las tareas establecidas por las leyes.
I.5.7. Ese deber de controlar alcanza el revisar lo actuado por los funcionarios auxiliares y dependientes del Departamento Ejecutivo y su incumplimiento es directamente imputable al Sr. Intendente Municipal en base al principio de jerarquía.
I.5.8. En lo que refiere al deber de controlar la efectiva publicidad de los actos de gobierno, resulta evidente que el Sr. Intendente Municipal aún no ha ordenado y/o adoptado acciones y/o medidas tendientes a cumplir con la manda legal.
I.5.9. Las irregularidades e incumplimientos mencionados en los apartados precedentes (y en general a lo largo de todo este Capítulo denominado Cargo I) han producido un perjuicio institucional al Municipio de Azul.
I.5.10. Con la renuencia y demora del Departamento Ejecutivo en el envío de documentación requerida por el Concejo Deliberante, se pretendió eludir la intervención de este último.
I.5.11. Se relajaron todos los procedimientos administrativos y controles en el marco de la obligación de publicidad de los actos de gobierno, lo que significa un debilitamiento institucional y un preocupante precedente.
I.5.12. Lo descripto precedentemente se constituyó en un sistemático ocultamiento de información de carácter público y, por lógica consecuencia, se vulneró el rol de contralor de este Concejo Deliberante, de la Contaduría General del municipio y del derecho a la información de la ciudadanía en su conjunto.
Cargo n° II:
La tarea de registración de los actos administrativos dictados por el Departamento Ejecutivo durante los años 2012 y 2013.
II.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación al CARGO II - la tarea de registración de los actos administrativos dictados por el Departamento Ejecutivo durante los años 2012 y 2013:
II.5.1. Se encuentra, en principio, acreditado que ha habido un accionar irregular y negligente por parte del Departamento Ejecutivo en la tarea de confección y registración de los actos administrativos dictados durante los años 2012 y 2013.
II.5.2. Durante más de 20 meses el Departamento Ejecutivo no ejerció en debida forma sus atribuciones y funciones en la materia en cumplimiento de las claras prescripciones de la normativa vigente.
II.5.3. Luego de desarrollar los hechos y analizar la prueba documental y testimonial, en principio, se ha establecido que no se respetó la Ley 7.647/70 “Normas de Procedimiento Administrativo” y sus modificatorias (artículo 113°) así como la Ordenanza General de Procedimiento Administrativo Municipal N° 267/80 (artículos 108 y 113), en virtud de haberse observado: a) anulación de folios del Registro de Decretos con la simple leyenda “folio anulado” estampada de puño y letra por autor desconocido, b) anulación de Decretos sin numerar que, del mismo tenor y contenido, luego aparecen correctamente dictados en folios subsiguientes, c) inexistencia de Decretos por anulación en la forma descripta en los puntos anteriores, d) falta de correlatividad, e) falta de motivación y f) falta de referencia a las circunstancias fácticas y a los fundamentos de derecho.
II.5.4. Se ha observado de parte del personal y funcionarios con competencia en la materia, una falta de pautas y/o procedimientos claros y específicos para poder llevar a cabo la tarea de confección y registración de los actos administrativos del Departamento Ejecutivo.
II.5.5. En el mismo sentido, se ha constatado la inexistencia de un índice de registro de los actos administrativos.
Cargo n° III:
La normativa, modo, criterio, mecanismo de justificación y acreditación y demás pautas tenidas en cuenta para liquidar y abonar el rubro “horas extras” a agentes municipales durante los años 2012 y 2013.
III.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación a la normativa, modo, criterio, mecanismo de justificación y acreditación y demás pautas tenidas en cuenta para liquidar y abonar el rubro “horas extras” a agentes municipales durante los años 2012 y 2013:
III.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
III.5.2. Se ha reconocido, por parte de funcionarios y ex funcionarios del propio Departamento Ejecutivo, que a partir de observarse –a comienzos del año 2012- una significativa cantidad de horas extras que eran otorgadas por distintas áreas municipales, el Sr. Intendente Municipal mostró preocupación realizando reuniones con los Sres. Secretarios a los cuales les encomendó un estricto control y supervisión en el otorgamiento de horas extras, atendiendo a la crítica situación económica - financiera por la que atravesaba el municipio.
III.5.3. También se ha reconocido que, desde el área de Recursos Humanos, a partir de informarle al Sr. Intendente Municipal de la preocupante situación en cuanto al excesivo otorgamiento de horas extras al personal, se decidió circularizar un Memorandum a todas las áreas municipales para ajustar el control y la supervisión.
III.5.4. El ex Director de Recursos Humanos Sr. Sebastián Cañibano ha reconocido que, teniendo en cuenta la actual cantidad de agentes municipales y el personal asignado a realizar las tareas propias del control y supervisión de las horas extras, en la práctica hicieron imposible que la tarea se realizara.
III.5.5. Que la diferencia de criterios que han expresado -ante esta Comisión Investigadora- la Contadora General (Cra. Guedes) por un lado y el actual Director de Recursos Humanos (Dr. Torres) por otro, con relación a quién y con qué alcance le compete la tarea de controlar y supervisar; también se ha constituido en una justificación de sus responsabilidades ante la falta de realización de las tareas de control.
Cargo n° IV:
Todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del dictado de los Decretos Nros. 3.353 de 2011; 518, 893, 894, 1.351, 2.408, 2.409, 2.410 y 2.411 del año 2012 y 139 y 1.850 de 2013.
IV.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación a todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del dictado de los Decretos Nros. 3.353 de 2011; 518, 893, 894, 1.351, 2.408, 2.409, 2.410 y 2.411 del año 2012 y 139 y 1.850 de 2013:
IV.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
IV.5.2. Se dispuso por Decretos dictados por el Sr. Intendente Municipal –refrendados por Secretarios de distintas áreas- el aumento de las remuneraciones de algunos funcionarios de la planta política municipal, determinándose para ello una cantidad mayor de módulos –correspondiente al cargo inmediato superior- no prevista en las Ordenanzas (N° 3.252/2012, N° 3.280/2012 y N° 3.361/2013) oportunamente sancionadas y promulgadas.
IV.5.3. Los Decretos así dictados no fueron elevados para consideración del Concejo Deliberante.
IV.5.4. Los Decretos así dictados han sido observados por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires por no contar con la correspondiente Ordenanza convalidatoria.
IV.5.5. Los Decretos en cuestión carecen de motivación (circunstancias fácticas y fundamentos de derecho), incumpliendo de tal modo con la normativa del artículo 240 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
IV.5.6. Los actos administrativos que han derogado o dejado sin efecto algunos de los Decretos cuestionados, también carecen de la debida motivación.
IV.5.7. No se ha podido determinar la existencia del correspondiente acto administrativo por el cual se creó el código –que se insertó en los recibos de haberes- denominado “Diferencia al básico” y, por consiguiente, los fundamentos del mismo.
Cargo n° V:
Todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del trámite de los Expedientes S-2.171/12, B-663/12, C-496/13 y D-3.977/12 (Sumario administrativo correspondiente a la tercerización del cobro de tasas a favor de la empresa TIP S.A.).
V.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación a todo lo actuado, decidido y ejecutado con motivo del trámite de los Expedientes S-2.171/12, B-663/12, C-496/13 y D-3.977/12 (Sumario administrativo correspondiente a la tercerización del cobro de tasas a favor de la empresa TIP S.A.):
V.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
V.5.2. Recién a partir de la tarea de recabar información realizada por esta Comisión Investigadora se ha podido establecer –durante el corriente mes de octubre de 2013- que con fecha 30 de junio de 2013 el Sr. Intendente Municipal, a partir de un dictamen elaborado sólo por uno de los dos instructores sumariantes designados –está firmado por el Dr. Mauro Grandicelli y no por el Dr. Eduardo Alejandro Suarez-, dictó el Decreto N° 1796/13 por medio del cual se dispuso “SUSPENDER la sustanciación de las actuaciones hasta que la justicia ordinaria se pronuncie al respecto”.
V.5.3. En tal sentido, es dable señalar la llamativa y sorprendente declaración testimonial del Dr. Eduardo Alejandro Suarez (ver acta obrante a fs. 296/301) así como su nota (Expte. N° S-589/13) cursada con fecha 08/03/2013 al otro instructor sumariante Dr. Mauro Grandicelli donde reitera una solicitud de poner a disposición el Expte S-2171/12 a los efectos de continuar con las tareas de instrucción del respectivo sumario y –además- solicita un espacio físico para poder cumplimentar con la tarea encomendada (fs. 444 del Alcance I).
V.5.4. A esta altura, cabe reiterar lo expresado por este Concejo Deliberante en los Considerandos del Decreto N° 582/2013, sancionado con fecha 12 de agosto de 2013. Allí, en lo que aquí interesa, bajo el título “De los distintos ámbitos de análisis de responsabilidades”, se señalaba “…se deberá tener presente que el Artículo 241° de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece “el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar, excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos. Con arreglo al mismo, todo funcionario o empleado que desempeñe mandato conferido políticamente o cumpla funciones administrativas, estará obligado a resarcir a la Comuna o a terceros los daños y perjuicios emergentes de sus actos personales, pero no contraerá responsabilidad alguna por sus actos de servicio. Considéranse actos de servicio los que el funcionario o empleado deba ejecutar en obediencia a las leyes, ordenanzas, reglamentos y estatutos del régimen municipal, y actos personales los que realice en infracción a las disposiciones de esos instrumentos administrativos”. Que, con relación a las autoridades u organismos que poseen competencia para determinar la responsabilidad de los funcionarios municipales, se deberá estar a lo normado por el Artículo 242° de la Ley Orgánica de las Municipalidades que, expresamente, dispone: “El antedicho principio de responsabilidad, asume las formas: política, civil, penal y administrativa, de conformidad con los preceptos de la Constitución, códigos y leyes aplicables en cada caso. La responsabilidad política se deslindará de acuerdo con la Constitución Provincial y esta Ley Orgánica y las responsabilidades civiles y penales serán ventiladas ante los jueces ordinarios. La responsabilidad administrativa de los funcionarios será determinada y graduada en su alcance por los órganos creados con tal finalidad y por el Tribunal de Cuentas, este último en todo lo concerniente a la actividad económico-financiera de los municipios y a la preservación de sus patrimonios”. Que la normativa precedentemente transcripta resulta aplicable a aquellos casos –como los que nos ocupan- en los cuales un mismo comportamiento puede resultar objeto de investigación e imputación en diversos ámbitos, en atención a la propia naturaleza de los distintos bienes jurídicos tutelados en orden a la responsabilidad de los funcionarios públicos. Que, como es de público conocimiento, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en función de las facultades y atribuciones previstas en los Arts. 165° incisos 1° y 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 14° de la Ley Nº 10.869, que confieren al citado órgano de control examinar los Libros de Contabilidad existentes en las dependencias comunales, se encuentra también abocado a analizar la cuestión planteada en torno a los denominados sobresueldos. Que la misma eventual transgresión sumada a la posible irregularidad e ilicitud relativa al pago de horas extras a agentes municipales también está siendo motivo de investigación en sede judicial. Que, como se dijo, ello no es sólo posible sino correcto que así suceda, pues a la identidad de los hechos que pudieran resultar objeto de investigación en sede penal, por ante el Tribunal de Cuentas y el Concejo Deliberante Municipal, no importa el avasallamiento del principio ne bis in ídem. Que es posible y lícito que se articulen procesos distintos respecto de ámbitos de desarrollo paralelo de la actuación del funcionario público. Su propia inserción institucional coloca, en el caso al Señor Intendente Municipal, ante la necesidad de superar distintos tipos de controles nacidos al amparo de la jerarquía de la función que ostenta. Los mismos pueden desembocar en responsabilidades de distinto orden…”.
V.5.5. Dado que lo precedentemente señalado es plenamente aplicable a la cuestión que nos ocupa, es decir, un mismo hecho motivo de investigación en sede judicial y en el ámbito administrativo; se ha resuelto suspender esta última sin más explicación que un supuesto criterio adoptado “de antaño”, impidiendo de tal forma –tal como lo ha solicitado al menos la Sra. Tesorera- deslindar las responsabilidades de los funcionarios intervinientes en el Expte S-2171/12.
V.5.6. Además se ha advertido una llamativa contradicción entre la decisión de suspender el Sumario Administrativo –vía Decreto- por un lado y las irregularidades prima facie establecidas por el Sr. Instructor sumariante Dr. Mauro Grandicelli en el dictamen de fecha 17 de junio de 2013 (ver fs. 415/418 del Alcance I) por otro.
V.5.7. En virtud de lo expuesto precedentemente, por incumplimiento de la normativa aplicable en la materia (artículos 55º y concs. de la Ordenanza General Nº 267/80; 258º y concs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades; 75º y concs. de la Ley 11.757), la falta de sustanciación del correspondiente sumario, constituiría una falta grave, por omisión del Sr. Intendente Municipal en el cumplimiento de sus funciones.
Cargo n° VI:
Lo actuado, decidido y ejecutado por el Departamento Ejecutivo en el Expediente T-23/2013 (redeterminación de valores ref. servicios de recolección y barrido-Transporte Malvinas SRL).
VI.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación a lo actuado, decidido y ejecutado por el Departamento Ejecutivo en el Expediente T-23/2013 (redeterminación de valores ref. servicios de recolección y barrido-Transporte Malvinas SRL):
VI.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
VI.5.2. Luego analizar la documentación agregada a las presentes actuaciones 10.982/2013 C.D. y sus Alcances I y II, como así también la documentación vinculada al presente cargo y, especialmente la declaración testimonial de la Sra. Contadora General Cra. Adriana Mariela Guedes, se ha podido establecer, en principio, que el Sr. Intendente Municipal se ha excedido en el uso de sus atribuciones.
VI.5.3. Al igual que en otros cargos se ha pretendido eludir la intervención de este Concejo Deliberante, toda vez que se efectivizó el pago correspondiente el día 19 de junio de 2013, es decir, por ejercicio anual anterior, cuando correspondía autorización de este Concejo en el marco del procedimiento de deuda establecido por el art.54 del Decreto N° 2980/2000 RAFAM.
VI.5.4. Se ha podido verificar el establecimiento de nuevos servicios (Barrido mecanizado) sin la debida licitación previa, que han excedido las previsiones del Pliego Licitatorio prorrogado.
VI.5.5. También se ha podido establecer que pese a las específicas observaciones formuladas por la Contadora General se habrían producido transgresiones e incumplimientos a la normativa vigente.
VI.5.6. No se ha podido determinar con precisión el objeto principal del Decreto N° 844/2013, pues ha habido una mala técnica legislativa en la redacción del referido acto administrativo.
Cargo n° VII:
Lo actuado, decidido y ejecutado por el Departamento Ejecutivo en el Expediente I.M.-60/2013 (Licitación de obra de red cloacal en Villa Piazza Norte-Korvial SRL).
VII.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación a lo actuado, decidido y ejecutado por el Departamento Ejecutivo en el Expediente I.M.-60/2013 (Licitación de obra de red cloacal en Villa Piazza Norte-Korvial SRL):
VII.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
VII.5.2. Luego de analizar la documentación relativa a las actuaciones de referencia, así como las declaraciones testimoniales de funcionarios del Departamento Ejecutivo, se ha podido establecer, en principio, que el proceso licitatorio por el cual se le adjudicó a la firma KORVIAL SRL la realización de la obra de red cloacal del barrio Villa Piazza Norte, incumplió con la normativa vigente.
VII.5.3. De las propias declaraciones testimoniales prestadas por funcionarios de áreas competentes en la materia, se ha podido establecer una llamativa celeridad en el trámite de las actuaciones que –entre otras cuestiones- le impidieron a la Contadora General ejercer sus atribuciones de control del proceso.
VII.5.4. También se ha podido establecer el incumplimiento de la normativa vigente, pues tratándose de una única oferta debió elevarse para consideración de este Cuerpo.
VII.5.5. Se pudo conocer de las propias manifestaciones de los funcionarios del Departamento Ejecutivo que los respectivos trabajos comenzaron sin el correspondiente Libro de Órdenes y Servicios.
VII.5.6. Se ha constatado, en principio, una falta de sujeción a las condiciones y reglas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación así como una relajación en el control del Plan de Seguridad de la obra.
Cargo n° VIII:
El incumplimiento del Departamento Ejecutivo relacionado con lo decidido, por mayoría, por este Cuerpo mediante la Resolución Nº 3.273/2013 (Sumario administrativo correspondiente a la denuncia formulada por las agentes María Angélica Gómez y Patricia Toscani).
VIII.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión investigadora permiten inferir que en relación con el incumplimiento del Departamento Ejecutivo relacionado con lo decidido, por mayoría, por este Cuerpo mediante la Resolución Nº 3.273/2013 (Sumario administrativo correspondiente a la denuncia formulada por las agentes María Angélica Gómez y Patricia Toscani):
VIII.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
VIII.5.2. En virtud del tenor de los hechos denunciados, esta Comisión considera aplicable la normativa contenida en la Ley Provincial 13.168 (y su modificatoria 14.040), que prohíbe “en todo el territorio de la Provincia ejercer sobre otro las conductas que esta Ley define como violencia laboral en el ámbito de los tres poderes del estado provincial, entes autárquicos y descentralizados y los municipios” (artículo 1º).
VIII.5.3. La referida norma –en su artículo 2º- establece que: “A los efectos de la aplicación de la presente Ley, se entiende por violencia laboral el accionar de los funcionarios y/o empleados públicos, que valiéndose de su posición jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función, incurran en conductas que atenten contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social del trabajador o trabajadora, manifestando un abuso de poder llevado a cabo mediante amenaza, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social”.
VIII.5.4. La referida Ley provincial, define lo que se entiende por “maltrato físico” (art. 3º), “maltrato psíquico y social” (arts. 4º y 5º), “acoso en el trabajo” (art. 6º).
VIII.5.5. Expresamente la ley contempla que: “Ningún empleado público que haya denunciado ser víctima de las acciones enunciadas en el artículo 2° de la presente Ley o haya comparecido como testigo de las partes, podrá por ello ser sancionado, ni despedido, ni sufrir perjuicio personal alguno en su empleo, manteniendo su remuneración habitual por todo concepto hasta la conclusión del sumario respectivo” (art. 8º).
VIII.5.6. El art. 9º prescribe que “El incumplimiento de la prohibición establecida en el artículo 1° de esta Ley, será causal de una sanción de orden correctivo, que podrá implicar apercibimiento o suspensión de hasta sesenta (60) días corridos y/o traslado hasta la conclusión del respectivo sumario, salvo que por su magnitud y gravedad, o en razón de la jerarquía del funcionario pueda encuadrarse en figuras de cesantía, exoneración o ser considerado falta grave, según el régimen disciplinario de que se trate”.
VIII.5.7. Por último, en lo que aquí interesa, el art. 10º dispone que: “Por cada denuncia que se formule se instruirá un sumario. A los efectos de la tramitación del mismo se aplicarán las disposiciones estatutarias del régimen de empleo público al que pertenezca el sujeto denunciado. Si el cargo fuera sin estabilidad y no estuviera alcanzado por los estatutos del personal, el titular del poder u organismo al que perteneciere el trabajador determinará el procedimiento a seguir para formular la denuncia y designará un instructor a efectos de sustanciar el sumario y de constatar la existencia del hecho irregular, luego de lo cual se procederá a la remoción y/o destitución del cargo. En la instrucción del sumario respectivo se deberá garantizar el carácter confidencial de la denuncia”.
VIII.5.8. Sin perjuicio de lo anterior, teniendo especialmente en consideración la gravedad de los hechos denunciados, la verosimilitud que, en principio, poseen los dichos e informe de las agentes denunciantes y, en función de la facultad de contralor que posee este Concejo Deliberante convencidos que se debían adoptar medidas concretas que garantizaran el cumplimiento de la normativa aplicable –indicada precedentemente- que protege a los empleados públicos que se consideren víctimas de violencia laboral; encomendaron mediante la Resolución N° 3273/13 al Sr. Intendente Municipal ordenara la designación de un instructor a los efectos de sustanciar el correspondiente sumario.
VIII.5.9. Contrariamente a lo esperado, como consecuencia de la investigación realizada por esta Comisión, en fecha reciente y a partir de las declaraciones testimoniales brindadas por funcionarios del Departamento Ejecutivo y, especialmente por el ex Coordinador de Asuntos Legales Dr. Paolo Lamoure (ver acta obrante a fs. 461/463), se ha podido establecer que el Sr. Intendente Municipal no ha cumplido con toda la normativa especificada precedentemente.
Cargo n° IX:
INDEBIDA ENTREGA DE LA BASE DE DATOS MUNICIPAL A REPRESENTANTES DE LA FIRMA “TIP SA” Y FALTA DE ACCIONES Y/O MEDIDAS PARA RECUPERAR LA MISMA.
IX.5. Conclusión.
Los elementos reunidos por la Comisión Investigadora permiten inferir que en relación a LA INDEBIDA ENTREGA DE LA BASE DE DATOS MUNICIPAL A REPRESENTANTES DE LA FIRMA “TIP SA” Y FALTA DE ACCIONES Y/O MEDIDAS PARA RECUPERAR LA MISMA:
IX.5.1. Se han cometido diversas irregularidades e incumplimientos a la normativa vigente imputable al Sr. Intendente Municipal Dr. José Manuel Inza y a sus dependientes.
IX.5.2. El Jefe del área municipal encargado de la custodia de la base de datos municipal José Diego Evangelista Lopes habría infringido la clara normativa contenida en el art. 9° de la Ley Nacional N° 25.326, que referida a la Seguridad de los datos, expresamente prescribe: “El responsable o usuario del archivo de datos debe adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que permitan detectar desviaciones, intencionales o no, de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado”.
IX.5.4. También se ha infringido, en principio, la normativa contenida en el art. 11 de la misma ley nacional, que en lo que respecta a la Cesión de datos establece: “ Los datos personales objeto de tratamiento sólo pueden ser cedidos para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con el interés legítimo del cedente y del cesionario y con el previo consentimiento del titular de los datos, al que se le debe informar sobre la finalidad de la cesión e identificar al cesionario o los elementos que permitan hacerlo...”.
Se deja constancia que el Sr. Intendente Municipal podrá tomar vista de las actuaciones originales en sede del Concejo Deliberante en día hábil administrativo en horario de 8,00 a 14,00 horas.
+ Leer más16/02/2011 - 22:41:33 hs.
La Secretaría de Cultura, Educación y Turismo informa que desde el 21 de febrero comenzará la inscripción a los distintos Talleres Municipales que se dictan en la Escuela Municipal de Música Popular.
Los mismos forman parte de la Propuesta Cultural Educativa 2011 que lleva adelante la Secretaría de Cultura.
Los interesados deberán dirigirse a la sede de la Escuela de Música, Av. Mitre 30, de lunes a viernes de 10 a 12 y de 16 a 19 hasta el 21 de marzo inclusive.
+ Leer más05/04/2011 - 21:24:33 hs.
Es de nuestro interés, convocar a los medios de difusión a efectos de presentar un trabajo realizado por la Arq. Alicia Lapenta por la Municipalidad de Azul y los estudiantes de la Tecnicatura Superior en Gestión Cultural del Instituto 2 de Azul, y que fuera seleccionado en la publicación de un libro editado recientemente en Méjico por el Gobierno Federal, Instituto Nacional de Antropología de Méjico, Patrimonio Mundial y UNESCO, referido Patrimonio Intangible y Desarrollo desde la Cultura.
En simultaneo, los estudiantes de la Carrera de Gestión Cultural, presentaran un proyecto cultural con el que colaboraran al programa Municipal, Azul te abriga. Esta acción conjunta entre la Secretaria de Cultura, Turismo y Educación y la Carrera de Gestión Cultural, dará a Azul la posibilidad de presentar en el escenario del Cine Teatro San Martin, un trío de la compañía TANZTHEATER WUPPERTAL PINA BAUSCH. Este espectáculo se realizara en la conjunción del Trío Pina Bausch y el Grupo Azuleño de Danza Contemporánea de Laura Juárez, el día 22 de Julio, y se preveen
Workshops de Técnica Moderna y Laboratorio de Improvisación por Clémentine Deluy, Damiano Ottavio Bigi, Thusnelda Mercy, bailarines del TANZTHEATER WUPPERTAL PINA BAUSCH. Protagonistas de la ultima pélicula de Win Wenders, realizada en 3D, aun no estrenada en Argentina.
Por primera vez en Argentina estos tres bailarines del TANZTHEATER WUPPERTAL PINA BAUSCH ofreceran un espectaculo exclusivo y un grupo de clases intensivo en la ciudad de Azul, Provincia de Buenos aires, para compartir su pasión y experiencia con el publico azuleño y regional y talleres para bailarines y estudiantes de danza argentinos del 22 al 24 de julio.
+ Leer más01/05/2011 - 11:10:48 hs.
Organizado exitosamente por los miembros integrantes del Instituto de Derecho Laboral del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul, comenzó ayer jueves 28 de abril un Curso de Capacitación en Derecho Laboral dictado por la renombrada especialista en la materia e integrante del CIJUSO Dra. Viviana Mariel Dobarro.
Con una participación que superó las expectativas de sus organizadores -más de 60 abogados inscriptos de todo el Departamento Judicial de Azul- comenzó ayer jueves 28 de abril esta importante oportunidad de capacitación que con distintas conferencias semanales brindadas por la Dra. Viviana Dobarro se extenderá hasta el mes de septiembre.
La apertura de la primera jornada de este Curso estuvo a cargo, en primer término, por el presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul Dr. David E. Cordeviola, quien manifestó que “es una satisfacción que al poco tiempo de haber reorganizado este Instituto de Derecho Laboral se logre una Jornada de Derecho Laboral de estas características y con tanta respuesta de los colegas”.
Por su parte, el Dr. Aníbal Bocchio, coordinador del Instituto de Derecho Laboral hizo mención luego al convenio con el CIJUSO “que es el brazo académico del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires y que otorga la posibilidad de que distintos docentes profesionales de primer nivel brinden estas capacitaciones que lo importante que tienen es la impronta del pragmatismo ya que se piensan desde lo práctico. Están contemplados en el temario los últimos fallos de Corte provincia y Corte Nación, lo cual significa que seguramente estas charlas no van a ser ‘de laboratorio’, que quizás nos sirven dentro de años, sino que serán charlas que las vamos a aprovechar en el ejercicio de la profesión mañana mismo”, opinó el Dr. Aníbal Bocchio quien le otorgó la palabra a la especialista Viviana Dobarro agradeciendo su disposición y voluntad.
Luego de agradecer la invitación, la disertante mencionó que es necesaria una actualización y capacitación constante en esta materia del Derecho “porque justamente el Derecho del Trabajo tiene un dinamismo particular y además en los últimos tiempos, es decir, a partir de la reforma constitucional y a partir de los cambios que viene impulsando la Corte con sus últimos pronunciamientos en materia laboral, tenemos no sólo normas laborales sino también de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la jurisprudencia nacional, del Superior Tribunal de las provincias, y también las opiniones de los organismos internacionales que la Corte las está citando reiteradamente, sumado a ello todos los fenómenos y reformas legislativas, todo lo cual es muy complejo de analizar y en particular cuando nos encontramos con un conflicto concreto”.
“Si uno recapitula cuatro años atrás nota que ha habido cambios muy importantes en la legislación nacional y parecería que va a seguir habiendo ya que hay varios proyectos de reforma que modificarán normas centrales de nuestra materia, lo cual será analizado a lo largo de estos encuentros”, agregó en sus primeras palabras de la jornada.
Es así como con un numeroso marco de público la Dra. Viviana Mariel Dobarro comenzó a desarrollar el temario del primer módulo. Básicamente, las disertaciones que dieron inicio ayer en la sede de la institución colegiada están divididas en tres módulos que versarán sobre dos ejes temáticos centrales: “Actualización en Derecho de Trabajo” e “Indemnizaciones y penalidades derivadas de la ruptura del contrato de trabajo”, y tendrán tres horas de duración semanal.
El cronograma y temario del Curso se extiende hasta el mes de septiembre y será el siguiente:
Módulo I
Eje Temático: “Actualización en Derecho del Trabajo”
Irrenunciabilidad de los derechos laborales - Posición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Jueves 28/4 de 17.30 a 20.30 hs.
- Jueves 12/5 de 17.30 a 20.30 hs.
- Jueves 26/5 de 17.30 a 20.30 hs.
- Jueves 9/6 de 17.30 a 20.30 hs.
Modulo II
Eje Temático: “Actualización en Derecho del Trabajo”
Principio de indeterminación del plazo del contrato de trabajo - Excepciones - Período de prueba, el contrato a plazo fijo, el contrato eventual, el contrato de temporada, el contrato a tiempo parcial, el de aprendizaje y el régimen de pasantías. Enfermedades, la situación de maternidad, el matrimonio, los representantes sindicales, entre otros.
- Lunes 6/6 o Jueves 9/6 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 13/6 o Jueves 23/6 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 27/6 o Jueves 30/6 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 11/7 o Jueves 14/7 de 17.30 a 20.30 hs.
Módulo III
Eje Temático: “Indemnizaciones y penalidades derivadas de la ruptura del contrato de trabajo”
Tope indemnizatorio establecido por el art. 245 L.C.T. y la interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso «Vizzoti». Normas que sancionan la ausencia o incorrecta registración del contrato de trabajo, la falta de pago en término de las indemnizaciones laborales, la omisión de ingresar aportes a la seguridad social, sindicales u a organismos similares y la falta de entrega en término del certificado de trabajo y la constancia de aportes y contribuciones.
- Lunes 8/8 o Jueves 11/8 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 22/8 o Jueves 25/8 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 5/9 o Jueves 8/9 de 17.30 a 20.30 hs.
- Lunes 19/9 o Jueves 22/9 de 17.30 a 20.30 hs.
Trayectoria de la Dra. Viviana Mariel Dobarro
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