03/09/2020 - 22:15:15 hs.
Bajo Decreto 829, el Presidente del Concejo Deliberante de Azul, Dr. Juan Sáenz decreta la postergación de la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, que debiera realizarse el próximo 8 de Septiembre, para el día 22 de septiembre de 2020 a las 17.30 horas, en oportunidad de celebrarse la Décimo Cuarta Sesión Ordinaria.
Además, quedará restringido hasta el 17 de septiembre el acceso del público al recinto aconsejándose el canal de comunicación telefónico 431692/434609, a través de la página web oficial o mediante el e-mail azulsecretariacd@gmail.com.
En el Decreto se expresa que “ante el estado de situación epidemiológica en nuestro partido, con un significativo incremento de casos positivos de COVID-19 en los últimos días, resulta conveniente la adopción de las medidas preventivas más apropiadas con el objetivo de neutralizar la propagación de la enfermedad, evitando así la saturación del sistema de salud”.
DECRETO NÚMERO 829
EXPEDIENTE Nº 14.443/2020 C.D. (Archivo Nº 238/2020).------------------------------------
VISTO el estado de Emergencia Sanitaria declarado en el partido de Azul por el término de ciento ochenta (180) días y la situación epidemiológica actual vinculada a la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19).
Y CONSIDERANDO
Que con fecha 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el estado de pandemia debido al creciente número de contagios a nivel mundial provocado por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
Que el Presidente de la Nación Argentina declaró la Emergencia Sanitaria por el término de un año mediante el Decreto 260/2020 publicado en el Boletín Oficial el día 12 de marzo de 2020.
Que el Gobernador de la provincia de Buenos Aires declaró el estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia por el término de ciento ochenta (180) días mediante el Decreto 132/2020 publicado en el Boletín Oficial el día 12 de marzo de 2020.
Que el día 13 de marzo de 2020 el Intendente Municipal de Azul, en consonancia con los Gobiernos nacional y provincial, mediante el Decreto 329/2020 declaró el estado de Emergencia Sanitaria en el partido de Azul por el término de ciento ochenta (180) días corridos con motivo de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2 (COVID 19).
Que el día 31 de agosto del corriente año, ante el constante incremento de los contagios en todo el territorio nacional, el Gobierno nacional mediante el Decreto 714/2020 prorrogó nuevamente la vigencia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 20 de septiembre para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas que no poseen transmisión comunitaria sostenida del virus SARS-CoV-2.
Que lo anunciado el pasado viernes 28 de agosto por el Presidente de la Nación es la undécima prórroga que se da en las diversas fases que ha tenido la cuarentena en nuestro país para combatir la pandemia de coronavirus.
Que la primera cuarentena se decretó el 19 de marzo de 2020 cuando se puso en vigencia el Aislamiento Social, Preventivo Y Obligatorio desde el 20 hasta el 31 de marzo, al que luego le siguieron las sucesivas prórrogas hasta el 12 de abril, 26 de abril, 10 de mayo, 24 de mayo, 7 de junio y 28 de junio.
Que con el paso de los meses se fueron implementando diferentes medidas de flexibilización según la zonas del país y su situación epidemiológica con el objetivo de lograr una reapertura paulatina de las actividades económicas y en ese sentido se anunciaron las sucesivas prórrogas de nuevas modalidades de cuarentena hasta el 17 de julio, 2 de agosto, 16 de agosto, 30 de agosto y ahora hasta el 20 de septiembre.
Que el SARS-CoV-2 se contagia muy fácilmente de persona a persona y su rápida propagación y crecimiento de casos se produce cuanto más cercana y prolongada es la interacción entre las personas, lo que exige de respuestas sanitarias oportunas para contener la enfermedad.
Que los espacios cerrados facilitan la transmisión del virus, motivo por el cual un número importante y creciente de brotes se origina a partir de la transmisión comunitaria en situaciones donde la interacción entre las personas suele ser más prolongada y con mayor cercanía física.
Que en distintas jurisdicciones, a partir del aumento de la circulación y de la habilitación de numerosas actividades, se ha observado un aumento del número de casos, con generación de conglomerados de casos e incluso con inicio de la transmisión comunitaria del virus en determinadas zonas.
Que las medidas efectivas para desacelerar la propagación del virus SARS-CoV-2 siguen siendo el respeto a las medidas de distanciamiento físico, el lavado de manos frecuente, la limpieza y desinfección de las superficies, la utilización de tapabocas/barbijo y la ventilación habitual de los ambientes.
Que las medidas de distanciamiento social deben ser sostenidas en el tiempo para tener un impacto significativo e implican no solo una responsabilidad individual sino también colectiva para lograr disminuir la transmisión del virus pero, sin embargo, en muchos casos ha disminuido el nivel de alerta y la percepción del riesgo, lo que ha facilitado el incremento de los contagios.
Que ante el actual estado de situación epidemiológica en nuestro Partido, con un significativo incremento de casos positivos de COVID-19 en los últimos días, resulta conveniente la adopción de las medidas preventivas más apropiadas con el objetivo de neutralizar la propagación de la enfermedad, evitando así la saturación del sistema de salud.
Que, priorizando un criterio sanitario, también es necesario adoptar estas medidas preventivas en el ámbito del Concejo Deliberante, en consonancia con lo aconsejado por la Secretaría de Salud del Municipio, para evitar situaciones que pongan en peligro la salud del personal, de los/as concejales y de los/as vecinos del partido de Azul.
POR ELLO, en uso de sus facultades
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- DISPÓNESE, la postergación de la Décimo Tercera Sesión Ordinaria del presente ejercicio, que debiera realizarse el próximo 8 de septiembre, para el día 22 de septiembre de 2020 a las 17.30 horas, en oportunidad de celebrarse la Décimo Cuarta Sesión Ordinaria.
ARTÍCULO 2°.- RESTRÍNGESE hasta el 17 de septiembre de 2020 el acceso del público al recinto de sesiones así como a las distintas dependencias del Concejo Deliberante, aconsejándose el canal de comunicación telefónico 431692/434609, a través de la página web oficial o mediante mail de consultas azulsecretariacd@gmail.com.
ARTÍCULO 3°.- DISPÓNESE la reorganización del personal del Concejo Deliberante para disminuir la circulación de personas en el recinto y consecuentemente el riesgo de contagio, a excepción del personal incluido en la licencia de carácter preventivo fijada por el Decreto 814/2020, estableciendo hasta el día 17 de septiembre un cronograma de concurrencia del mismo en días alternados para cubrir las necesidades esenciales de funcionamiento del Cuerpo.
ARTÍCULO 4°.- PÓNESE en conocimiento de los/as señores/as concejales; del personal del Cuerpo; como asimismo de la población en general.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍCASE al Departamento Ejecutivo.
DADO en la ciudad de Azul, provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre de dos mil veinte.
Fuente: Prensa Concejo Deliberante de Azul
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