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20/11/2011 - 17:17:01 hs.

Comisión de Jóvenes Abogados: Se concretó con éxito la Jornada de Derecho del Consumidor en Azul

Comisión de Jóvenes Abogados: Se concretó con éxito la Jornada de Derecho del Consumidor en Azul  El pasado viernes 18 de noviembre la Comisión de Jóvenes Abogados del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul llevó a cabo en Azul una Jornada de Derecho del Consumidor que contó un numeroso público.

Con más de 70 participantes, a lo largo de la tarde se desplegó un amplio programa conformado por especialistas en este ámbito del Derecho que abordaron distintas temáticas de actualidad.

En primer término el Dr. Gonzalo Rodríguez desarrolló el tema “Juicio Ejecutivo de Consumo”, y le siguió el Dr. Pedro Blas Jáuregui quien expuso sobre “El Derecho de Seguro desde la óptica del Derecho del Consumidor”, ambos abogados de Mar del Plata especializados en Derecho del Consumo. En tercer lugar disertó la Dra. María Soledad Polito sobre “Competencia de la Defensoría del Pueblo y régimen de la Ley 13133", siendo su especialidad como integrante del Área de Consumidores de la Secretaría de Derechos y Garantías de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires. Por último, expuso sobre “Fallas en automóviles nuevos y usados y régimen de la Ley 24.240" el Dr. Rodrigo E. Bionda, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 del Departamento Judicial de Azul.

En el transcurso de la Jornada, los especialistas brindaron una entrevista a los medios que giró en torno al origen y características del Derecho del Consumidor, las problemáticas más actuales, la realidad del consumidor, la Defensoría del Pueblo, las OMIC, entre otros temas:

¿Cuáles son los temas o conflictos más importantes y de actualidad en el Derecho del Consumidor?

Jáuregui: “Particularmente para mi el conflicto más grande que tiene que resolver el Derecho del Consumidor es la resistencia de los jueces. No es fácil lograr que fallen y acepten la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor como corresponde porque no es sólo aplicar la ley sino aplicarla con todo su rigor”.

Polito: “Desde mi punto de vista, que yo en este momento estoy trabajando en la Defensoría del Pueblo después de haber dejado la autoridad de aplicación de la Ley Provincial que es la Dirección Provincial de Comercio, es la falta de políticas de educación para el consumo. Creo que hay que apuntar a la educación que es primordial. Educar para un consumo responsable y sustentable”.

¿Cómo surgió y cuál es el origen del Derecho del Consumidor?

Rodríguez: “El padre del Derecho del Consumo es el jurista Gabriel Stiglitz, quien fue presidente hasta hace unos días del Instituto Argentino de Derecho del Consumidor. Tomando ideas de Europa fue autor de las leyes que existen sobre este tema en el país. El Derecho del Consumo en el mundo ya hace varios años que está instalado y desarrollado, desde el famoso discurso del ex presidente de los Estados Unidos John Fitzgerald Kennedy en el año 1962 con la ley antimonopolios defendiendo o definiendo básicamente que todos somos consumidores y que es el grupo más importante dentro del mercado. La realidad es que la reforma de la Ley 24.240 por la 26.361 dio un oxígeno, dio un gran impulso, fue muy importante esa reforma pero coincido con mis colegas en el sentido de que los jueces deben aplicar con más rigor la ley y que es fundamental la educación del consumidor. Y también agregaría, en el caso puntual del sobreendeudamiento, ver cómo funcionan las consecuencias del sobreendeudamiento y ver cuáles son las herramientas que nos da la ley o crear nuevas herramientas para reinstalar ese consumidor que en principio está excluido del mercado para que vuelva a ser parte”.

¿En qué consistió la reforma de la Ley del Consumidor y cuáles fueron los principales puntos reformados? ¿cuál es la opinión de ustedes al respecto?

Polito: “El 12 de marzo del 2008 se modificó la ley 24.240, mediante la sanción de la ley 26.361. Las modificaciones han sido para ampliar las garantías del consumidor, la creación del daño punitivo, entre otras, generando una gran innovación legislativa. Se incorporan figuras nuevas como el daño directo para el consumidor, los daños punitivos, se amplían los plazos de garantías para productos nuevos y usados, se incorpora el trato digno como figura ya de la ley que era una figura que estaba contenida en el artículo 42 de la Constitución, y se aplica también otros medios de rescisión contractuales como es la rescisión telefónica”.

¿El consumidor realmente está amparado en sus derechos hoy en día? ¿Cómo está interpretada o considerada la figura del consumidor en nuestro sistema? ¿El Derecho cómo lo ve?

Jáuregui: “Desde el Derecho al Consumidor se lo está tratando de dos maneras: como un débil en las relaciones asimétricas de consumo, pero por otro lado también se lo está empezando a ver desde el Derecho como una pata importante de la sociedad de consumo. El tema está en que ese consumidor sobreendeudado o infraconsumidor como se lo llama pueda volver a una situación de consumo. Y con respecto al tema que a mi me tocó exponer que es el Seguro, a lo que se tiende es a lo que Isaac Halperín decía ‘volver a la función social del Seguro’ sin perder de vista las utilidades que las compañías en todo su derecho deben percibir”.

¿Cuáles son las principales falencias que tiene el sistema para proteger al consumidor?

Rodríguez: “Desde el punto de vista legal falencias no le veo. Sí es una ley que parte de su doctrina es pro aplicable y otra parte de la doctrina es pro no aplicable. La realidad es que, desde mi punto de vista, hay un desequilibrio entre lo que dice la ley y lo que termina aplicando la justicia. Esta ley también afecta a sectores que hasta el momento parecían intocables, como el sector bancario, de seguros, medicina prepaga, telecomunicaciones… Es deber de los jueces captar la idea social del consumo para así de esa manera interpretar correctamente lo que quiso decir primero el constituyente con la reforma del ’94 y después el legislador con las leyes 24.240 y 26.361”.

¿Cómo está funcionando la Defensoría del Pueblo y también las OMIC en los Municipios?

Polito: “La Defensoría del Pueblo es un organismo muy reciente y en este momento estamos iniciando investigaciones de oficio, como dice bien la manda constitucional para supervisar la eficacia de los servicios públicos. Somos competentes como Defensoría del Pueblo en cuanto a los servicios públicos en el ámbito provincial entonces se está haciendo una investigación para evaluar la eficacia y el rendimiento de esos servicios. En cuanto a las OMIC, que son autónomas por la ley 13.133, contamos con 93 OMIC de los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires, que la verdad es que si nos ponemos a ver que es una ley del año 2004 es bastante el avance que está teniendo y la impronta, obviamente sin dejar de reconocer los pocos recursos que tienen algunas oficinas del interior de la provincia”.

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