16/01/2012 - 11:51:35 hs.
Desde el Concejo Deliberante de Azul se envió la Resolución modificada y aprobada el viernes 13 del corriente en la primera Sesión Extraordinaria que se realizó sobre el déficit hídrico en el Partido. La Resolución 3079 fue aprobada por unanimidad y ENCOMENDAR al Señor Intendente Municipal, en un plazo de treinta días corridos, convoque a la Comisión local a los fines de evaluar, cuartel por cuartel de nuestro partido de Azul, la necesidad de declarar el Estado de Emergencia Agropecuaria o Zona de Desastre.
RESOLUCIÓN NÚMERO 3.079
EXPEDIENTE Nº 10.389/2.012 C.D. (Archivo Nº 5/2012). BLOQUE UNIÓN PRO eleva proyecto de Resolución ref. Solicitar declaración del Estado de Emergencia Agropecuaria o Zona de Desastre de nuestro Partido.
VISTO los fenómenos climáticos de déficit hídrico y heladas que afectan al Partido de Azul, como así también a muchos otros partidos de la Provincia de Buenos Aires
Y CONSIDERANDO
Que dichos fenómenos han afectado y siguen afectando a productores del Partido de Azul.
Que los cultivos de cosecha gruesa, particularmente girasol y maíz, han sufrido daños debido al estado en el cual se encontraban los mismos (floración y llenado de granos respectivamente) produciendo el mencionado fenómeno un altísimo nivel de pérdidas.
Que el cultivo de soja se encuentra comprometido debido al déficit hídrico.
Que debido al déficit hídrico, que afecta al partido de Azul, en los últimos días han ocurrido cuantiosos y vastos incendios que han puesto en peligro la integridad física y material de sus habitantes y de quienes lo transitan.
Que las bajas temperaturas, a las que los cultivos en cuestión se vieron sometidos, fueron desde menos tres grados centígrados (-3º C), habiendo sido aún más intenso en el sur del partido de Azul.
Que se hace sumamente necesario buscar en forma conjunta, a través de los distintos niveles institucionales, una solución para que los productores puedan paliar la mencionada situación.
Que el daño se verá reflejado en forma económica tanto en el comercio de granos como así también en todos los ámbitos en donde comercializa el sector agropecuario.
Que existen herramientas legales a nivel nacional, provincial y municipal que contemplan paliativos a la problemática de la emergencia agropecuaria.
Que, a nivel nacional, la Ley 26.509 prevé la declaración del Estado de Emergencia Agropecuaria o Zona de Desastre, mediante la intervención de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria.
Que dicha norma establece una serie de beneficios, franquicias y medidas para productores comprendidos en las zonas declaradas en emergencia agropecuaria afectados en su producción o capacidad de producción.
Que, a nivel provincial, la Ley 10.390 y sus modificatorias, prevé la Declaración de los Estados de Emergencia y Desastre Agropecuario de similar modo a la normativa nacional, con la intervención de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos Aires, oportunamente creada en el ámbito del Ministerio de Asuntos Agrarios y la constitución de la Comisión local por Resolución 76/88 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.
Que dicha norma provincial también establece beneficios, franquicias y medidas para los productores afectados comprendidos en las zonas declaradas de emergencia agropecuaria o zona de desastre.
Que el Intendente Municipal, Doctor José Manuel Inza, ha recabado, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad, el correspondiente informe al organismo competente I.N.T.A.
Por ello, tratado y aprobado por unanimidad
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
RESUELVE
PRIMERO.- ENCOMENDAR al Señor Intendente Municipal, Doctor José Manuel Inza, que una vez recepcionado el informe del I.N.T.A., y en un plazo de treinta días corridos, convoque a la Comisión local, conformada por Resolución 76/88 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de evaluar, cuartel por cuartel de nuestro partido de Azul, la necesidad de declarar el Estado de Emergencia Agropecuaria o Zona de Desastre; invitando a tales efectos a integrar la Comisión a los legisladores provinciales y nacionales con domicilio en nuestro distrito.
SEGUNDO.- ENVIAR copia de la presente Resolución a los Concejos Deliberantes linderos al Partido de Azul, propiciando su adhesión y a las distintas organizaciones y entidades representativas del sector agropecuario de nuestro Partido.
TERCERO.- COMUNICAR al Departamento Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Azul, en la ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de enero de dos mil doce.
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