
Información sobre poda y retiro de ramas
El Municipio de Azul recuerda a la comunidad que tal como lo establece la Ordenanza Nº 4752/22, la poda en los espacios públicos o veredas corresponde únicamente al personal de la comuna; el cual lleva adelante la práctica en situaciones específicas que ameriten dicha intervención.
En este marco, está prohibida la acción de particulares sobre las especies ubicadas en estos sitios y las trasgresiones pueden ser pasibles de las multas previstas en el Código de Faltas Municipal.
Al respecto, los vecinos y las vecinas que tengan dudas o requieran solicitar poda o autorización para llevarla adelante deberán acercarse a la Dirección de Servicios Públicos, la cual funciona en la Terminal de Ómnibus P.A., o comunicarse al Tel. 430018.
Cabe destacar que dicha práctica se lleva a cabo únicamente en zonas específicas que ameriten intervención, en sectores donde se identifiquen problemas para el tránsito peatonal y/o vehicular, luminarias o cableado.
En este sentido, se reitera que la poda es una actividad innecesaria ya que afecta el crecimiento de los árboles y los hace vulnerables a enfermedades; favorece a la formación de ramas débiles que se quiebran con facilidad; habilita la aparición de plagas, tales como virus, bacterias, hongos e insectos; y disminuye los diversos beneficios que estos aportan.
Poda domiciliaria
En tanto, se solicita a las vecinas y vecinos que realicen poda en el interior de sus domicilios que no deben depositar las ramas en las veredas, calles o bulevares, ya que las mismas obstaculizan el paso, el escurrimiento del agua y la visión de los conductores.
Los responsables, deberán llevar las mismas al predio del Monte Frutal- ubicado en calle N°308 y Las Flores Norte-, del lunes a viernes de 8 a 13.
Asimismo, podrán alcanzarse al lugar ubicado sobre vías del ferrocarril, ingreso por Malvinas y San Martín para ser chipeadas. En este caso, de lunes a viernes de 8 a 12.
Fuente: Prensa Municipio de Azul